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DECRETO 202/2010, de 20 de julio, de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Justicia y Administración Pública
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 143
  • Nº orden: 3593
  • Nº disposición: 202
  • Fecha de disposición: 20/07/2010
  • Fecha de publicación: 27/07/2010

Ámbito temático

  • Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
  • Submateria: Justicia; Función pública

Texto legal

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración de Justicia, por lo que se debe proceder a su aprobación, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

La ordenación del personal y su integración en las distintas unidades que conforman la estructura de las Oficinas Judiciales, tal y como se establece en el artículo 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que, en todo caso, serán públicas.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 522 de la mencionada Ley Orgánica, las Comunidades Autónomas con competencias asumidas procederán a la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de las Oficinas Judiciales correspondientes a su ámbito de actuación, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y negociación con las organizaciones sindicales más representativas.

Tal y como establece el apartado segundo del artículo 523 de dicha Ley, en todo caso, las modificaciones de las relaciones iniciales de puestos de trabajo que se produzcan deberán tener en cuenta los principios contenidos en esta Ley para la redistribución y reordenación de efectivos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 60 del III Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado por Decreto 38/2007 y en el artículo 12 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Justicia y Administración Pública, la Dirección de la Oficina Judicial y Fiscal ha elaborado la Relación de Puestos de Trabajo de las Oficinas Judiciales de esta Comunidad Autónoma de Euskadi. Asimismo, se ha tenido en cuenta la reciente aprobación del Decreto 174/2010, de 29 de junio, de normalización Lingüística de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, tal y como dispone el artículo 4 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 20 de julio de 2010,

El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 20 de julio de 2010.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.

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