Dirección de Gestión Económica

ÁREAS / FUNCIONES

  1. Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Dirección de Gestión Económica tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
    1. Coordinar y elaborar el Anteproyecto de Presupuestos del Departamento y ejercer el segumiento del mismo, la coordinación de los proyectos de presupuestos de los Organismos Autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público adscrito al Departamento y su consolidación con el del Departamento, la tramitación de las modificaciones presupuestarias pertinentes y la evaluación de los programas de gasto departamentales.
    2. La gestión economica del Departamento, estableciendo y manteniendo los correspondientes sistemas de información, evaluación continuada y seguimiento.
    3. El estudio de los costes de los centros docentes de enseñanza no universitaria y de las demás unidades del sistema educativo, en aras del establecimiento de modelos de financiación del mismo.
    4. El asesoramiento a todos los órganos del Departamento en materias de financiación y gestión presupuestaria.
    5. El estudio, la propuesta y la gestión de los comedores y del transporte en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria.
    6. El estudio, la propuesta y la gestión de todo tipo de expedientes en materia de concertación y acuerdos de financiación de centros docentes privados de enseñanza no universitaria, sin perjuicio de su adecuación a la planificación del sistema.
    7. El estudio, la propuesta y la gestión de las becas y ayudas en los siguientes ámbitos:
      • Becas de carácter general en los niveles de enseñanza no universitarios.
      • Otras ayudas derivadas de los acuerdos de financiación a que se refiere la letra f) anterior.
    8. La gestión del pago delegado al profesorado de los centros concertados de enseñanza no universitaria.
    9. Informar y proponer en orden al establecimiento, supervisión y actualización del modelo de gestión económico-administrativa de los centros docentes de enseñanza no universitaria, en cumplimiento del principio de autonomía de gestión de los mismos.
    10. Corresponde al Director o Directora autorizar el gasto del Departamento en expedientes que no sobrepasen la cuantía de 1.000.000 de euros, la preparación de los expedientes de gasto y cualquier otro de carácter económico que requieran de autorización de Consejo de Gobierno y de las comisiones delegadas.
    11. Coordinar las relaciones con el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Gestión Económica.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
  5. La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
  6. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
Añadir a la libreta de direcciones
Añadir a la libreta de direcciones
Añadir a la libreta de direcciones

CARGOS

Ane Urkiola Alustiza
Directora de Gestión Económica

ENTIDADES RELACIONADAS

Dirección de Gestión Económica

ÁREAS / FUNCIONES

  1. Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Dirección de Gestión Económica tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
    1. Coordinar y elaborar el Anteproyecto de Presupuestos del Departamento y ejercer el segumiento del mismo, la coordinación de los proyectos de presupuestos de los Organismos Autónomos, entes públicos de derecho privado y demás entidades del sector público adscrito al Departamento y su consolidación con el del Departamento, la tramitación de las modificaciones presupuestarias pertinentes y la evaluación de los programas de gasto departamentales.
    2. La gestión economica del Departamento, estableciendo y manteniendo los correspondientes sistemas de información, evaluación continuada y seguimiento.
    3. El estudio de los costes de los centros docentes de enseñanza no universitaria y de las demás unidades del sistema educativo, en aras del establecimiento de modelos de financiación del mismo.
    4. El asesoramiento a todos los órganos del Departamento en materias de financiación y gestión presupuestaria.
    5. El estudio, la propuesta y la gestión de los comedores y del transporte en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria.
    6. El estudio, la propuesta y la gestión de todo tipo de expedientes en materia de concertación y acuerdos de financiación de centros docentes privados de enseñanza no universitaria, sin perjuicio de su adecuación a la planificación del sistema.
    7. El estudio, la propuesta y la gestión de las becas y ayudas en los siguientes ámbitos:
      • Becas de carácter general en los niveles de enseñanza no universitarios.
      • Otras ayudas derivadas de los acuerdos de financiación a que se refiere la letra f) anterior.
    8. La gestión del pago delegado al profesorado de los centros concertados de enseñanza no universitaria.
    9. Informar y proponer en orden al establecimiento, supervisión y actualización del modelo de gestión económico-administrativa de los centros docentes de enseñanza no universitaria, en cumplimiento del principio de autonomía de gestión de los mismos.
    10. Corresponde al Director o Directora autorizar el gasto del Departamento en expedientes que no sobrepasen la cuantía de 1.000.000 de euros, la preparación de los expedientes de gasto y cualquier otro de carácter económico que requieran de autorización de Consejo de Gobierno y de las comisiones delegadas.
    11. Coordinar las relaciones con el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Gestión Económica.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
  5. La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
  6. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
Añadir a la libreta de direcciones
Añadir a la libreta de direcciones
Añadir a la libreta de direcciones

CARGOS

Ane Urkiola Alustiza
Directora de Gestión Económica

ENTIDADES RELACIONADAS