Normativa

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DECRETO 61/2022, de 17 de mayo, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Gobernanza Pública y Autogobierno
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 98
  • Nº orden: 2210
  • Nº disposición: 61
  • Fecha de disposición: 17/05/2022
  • Fecha de publicación: 23/05/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Función pública

Texto legal

Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de múltiples modificaciones, entre las que se encuentra el Decreto 105/2007, de 26 de junio, que modifica las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal funcionario, derivadas de los procesos de análisis funcionales.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, determinan sus necesidades de personal, definen los requisitos exigidos para su desempeño y clasifican cada uno de ellos. El artículo 15.1. de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, establece como contenido necesario de las relaciones de puestos de trabajo para el personal funcionario la adscripción a un grupo, cuerpo o escala.

La Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, regula los cuerpos y las escalas del personal funcionario. La nueva Ley deroga la Ley 1/2004, de 25 de febrero, de Ordenación de los Cuerpos y Escalas, que ha estado en vigor hasta la publicación de esta.

La disposición adicional tercera de la Ley otorga al Gobierno Vasco un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley para dictar un decreto en el que se adecue el contenido de las relaciones de puestos de trabajo a los cuerpos y a las escalas creados en ella y se determinen los títulos previstos para acceder a los cuerpos creados en la misma.

En cumplimiento del mandato legal anterior, se ha realizado la adaptación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario a los nuevos cuerpos y escalas creados en la Ley 7/2021, de 11 de noviembre. Asimismo, se han actualizado sus características y se han incluido las especialidades existentes, así como la colegiación profesional cuando el desempeño del puesto lo requiere.

Así las cosas, se ha realizado un análisis exhaustivo de los puestos de trabajo, su clasificación y requisitos de ocupación, dando lugar a una nueva relación de puestos de trabajo que sustituye a la vigente, en lo que se refiere a los puestos reservados a personal funcionario.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de mayo de 2022,

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 17 de mayo de 2022.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.

(Véase el .PDF)

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