Normativa

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DECRETO 57/2021, de 2 de febrero, por el que se renueva parcialmente la composición nominal del Consejo de Administración del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Salud
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 31
  • Nº orden: 805
  • Nº disposición: 57
  • Fecha de disposición: 02/02/2021
  • Fecha de publicación: 12/02/2021

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Economía y Hacienda; Sanidad y consumo
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Economía; Departamentos

Texto legal

La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi establece en su artículo 22 que:

  1. Los órganos rectores del ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad.

  2. El consejo de administración estará integrado por el presidente y por un número no superior a cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las atribuciones del consejo comprenderán la planificación estratégica de medios adscritos al ente, la dirección de sus actuaciones, el control superior de la gestión y las facultades necesarias para dirigir e impulsar el proceso e intensidad con la que se configurarán las organizaciones últimas de servicios sanitarios dependientes del ente, salvo en lo relativo al otorgamiento de personalidad jurídica.

  3. Reglamentariamente, a través de los estatutos sociales se creará una organización central de administración y gestión corporativa del ente, como estructura directiva de apoyo al consejo de administración. Entre sus atribuciones, en ejecución de los acuerdos de los órganos rectores, se encontrarán la colaboración, control, coordinación estratégica y los poderes centralizados de gestión que se establezcan respecto a todas las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del ente.

El artículo 8.2 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, aprobados por el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, establece que el Consejo de Administración estará compuesto, además de por el Presidente, por cinco miembros en representación de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, dos de ellos a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y los tres restantes a propuesta del Consejero de Salud.

De acuerdo con estas previsiones, los anteriores nombramientos y renovaciones de los miembros del Consejo de Administración del Ente Público se produjeron mediante los oportunos Decretos.

Como consecuencia de los cambios producidos a consecuencia de la nueva estructura del Gobierno Vasco establecida mediante Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y a consecuencia del Decreto 27/2020 de 7 de septiembre, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Salud, y finalmente a consecuencia de los Decretos 287/2020, de 29 de diciembre, por el que se cesa a D. Ignacio Jesús Berraondo Zabalegi en su condición de Viceconsejero de Salud, y Decreto 4/2021, de 12 de enero, por el que se nombra Viceconsejero de Salud, a D. José Luis Quintas Díez, es preciso volver a renovar parcialmente la composición nominal del Consejo de Administración.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 2 de febrero de 2021.

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de febrero de 2021.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERÍA.

La Consejera de Salud,

MIREN GOTZONE SAGARDUI GOIKOETXEA.

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