Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Industria, Transición Energética y Sostenibilidad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 39
  • Nº orden: 898
  • Nº disposición: 410
  • Fecha de disposición: 03/12/2024
  • Fecha de publicación: 26/02/2025

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la publicación del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 239, de 10 de diciembre, se procede a su corrección.

En la página 2024/5630 (4/27), y en la página 2024/5630 (17/27),

donde dice:

La Comisión de Transición Energética y Cambio Climático de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Debe decir:

La Comisión para la Transición Energética y Cambio Climático del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En la página 2024/5630 (23/27),

donde dice:

  1. La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático prestará el apoyo técnico y la secretaría de la Comisión Ambiental.

Debe decir:

  1. La Dirección de Patrimonio Natural y Adaptación al Cambio Climático prestará el apoyo técnico y la secretaría del Consejo Asesor de Medio Ambiente.

En todo el texto, en la versión en euskera,

donde dice:

Garapenaren eta Industria Administrazioaren Zuzendaritza.

Debe decir:

Industria Garapen eta Administrazioaren Zuzendaritza.

En la página 2024/5630 (26/22), en la versión en euskera,

donde dice:

  1. Natura Ondarearen eta Klima Aldaketarekiko Egokitzapenaren Zuzendaritzak laguntza teknikoa eta idazkaritza emango dizkio Ingurumen Batzordeari.

Debe decir:

  1. Natura Ondarearen eta Klima Aldaketarekiko Egokitzapenaren Zuzendaritzak laguntza teknikoa eta idazkaritza emango dizkio Ingurumenerako Aholku Kontseiluari.

En la página 2024/5630 (26/4), y en la página 2024/5630 (26/17), en la versión en euskera,

donde dice:

Euskal Autonomia Erkidegoko Administrazio Orokorreko Trantsizio Energetikoaren eta Klima Aldaketaren Batzordea.

Debe decir:

Euskal Autonomia Erkidegoko Sektore Publikoaren Jasangarritasun Energetikoaren Batzordea.

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