Comunicaciones en el ámbito de comercio:rebajas, ventas en liquidación y ventas ocasionales en establecimientos comerciales de Euskadi

Descripción


Comunicaciones a la Administración en el ámbito de comercio para:

  • ventas con rebaja
  • ventas en liquidación
  • ventas ocasionales

AVISO IMPORTANTE (DOCX, 15 KB)


Comunicación de venta con rebaja en establecimientos comerciales de Euskadi

La denominación de venta con rebaja se utilizará exclusivamente para aquellas ventas que se realicen, conforme a la legislación vigente, con reducción del precio habitual de venta.

Estas ventas podrán tener lugar en los períodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante, siendo la duración de cada período decidida libremente por estos.
Requisitos:

  • Hay que hacer una comunicación de rebajas por cada establecimiento.
  • Esta comunicación deberá hacerse con carácter previo a cada período de rebajas.
  • Los artículos objeto de este tipo de venta deberán haber estado incluidos en la oferta habitual del establecimiento (mínimo el mes previo al período comunicado).
  • Las empresas que recurran a este tipo de venta deberán estar de alta en un epigrafe del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a una actividad comercial minorista.
  • En los escaparates del establecimiento comercial y de manera visible desde el exterior se deberán exponer las fechas de inicio y finalización del período comunicado.

 

 

 


Comunicación de venta en liquidación en establecimientos comerciales en Euskadi


Se denomina venta en liquidación a aquella de carácter excepcional y naturaleza extintiva motivada por:

a) Cese total o parcial de la actividad de comercio. En el supuesto de cese parcial tendra que indicarse la clase de mercancías objeto de liquidación.

b) Cierre o transformación del local (en este  útlimo caso habrá que especificar detalladamente en que consiste la transformación aportando presupuesto de la misma).

 


Comunicación de ventas ocasionales

Se denomina venta ocasional aquella que se realiza por un período inferior a un mes, en establecimientos que no tengan carácter comercial permanente para esta actividad y que no constituye venta ambulante.

A quién va dirigido


Empresa, físicas o jurídicas, pertenecientes al sector de la distribución comercial minorista.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto


Datos de contacto

CONSULTAS SOBRE LA APLICACION INFORMATICA:

OTRO TIPO DE CONSULTAS:

ZUZENEAN

TFNO.: 012 Y 945018000

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Alava

Samaniego, 2

01008 Vitoria-Gasteiz

945 01 77 70

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Bizkaia

General Concha, 23

48010 Bilbao

944 03 14 00

Oficina Territorial de Turismo y  Comercio  de Gipuzkoa

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastián

943 02 25 00

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Comunicación de venta con rebaja en establecimientos comerciales de Euskadi : 0092102
  • Comunicación de venta en liquidación en establecimientos comerciales en Euskadi : 0092101
  • Comunicación de ventas ocasionales : 0092103

Comunicación de venta con rebaja



Hay que hacer una comunicación de venta con rebaja por cada establecimiento.

La comunicación deberá hacerse con carácter previo al inicio de cada periódo.

Estar dado de alta en un epigrafe del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a una actividad comercial minorista.

Los artículos objeto de este tipo de venta deberán haber estado incluidos en la oferta habitual del establecimiento (mínimo el mes previo al periódo comunicado).

Cómo hacer la comunicación de rebajas (PDF, 672 KB)

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

EN ESTE PROCEDIMIENTO NO SE EMITEN RESOLUCIONES

Otros trámites


Comunicación de venta con liquidación


La venta en liquidación se deberá comunicar SIETE DÍAS HÁBILES  antes de su inicio (se excluyen del cómputo los sábados, domingos y festivos).

Se limitará a los productos o artículos que vengan formando parte de las existencias del establecimiento.

Se efectuará en el local habitual de venta, salvo caso de fuerza mayor o resolución judicial o administrativa que lo impida o que las causas que originen dicha venta así lo exijan

En toda la publicidad que se haga tendrán que indicarse las causas que la motivan, así como la fecha de comienzo y duración de la misma que no podrá superar el año. Deberá indicarse igualmente el precio anterior y el que se ofrece para cada artículo u otro tipo de incentivo que se aplique.

Junto con la comunicación, se deberá enviar un inventario detallado de los productos a liquidar.

Cómo hacer la comunicación de venta en liquidación (PDF, 644 KB)

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

EN ESTE PROCEDIMIENTO NO SE EMITE RESOLUCIÓN ALGUNA

Otros trámites


Comunicación de venta ocasional


En este tipo de venta se pueden dar dos situaciones en función de si hay un solo vendedor-promotor o de si un promotor tramita la venta para un grupo de vendedores (caso de las denominadas ferias de stocks).

Documentación a presentar:

Caso de un único vendedor-promotor:

a) Identificación de la empresa vendedora (física o jurídica):

     - Copia de la escritura de constitución, si es persona jurídica.

     - Poder de representación de quien actúe como representante.

b) Título de uso del local (copia del contrato de alquiler, escrito que acredite la cesión, etc.).

c) Descripción de los productos que vayan a ser puestos a la venta.

d) Certificado de estar dado de alta ante el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe que corresponda.

 Caso de un promotor que tramita la venta ocasional para varios comerciantes:

a) Identificación de la empresa vendedora (física o jurídica):

     - Copia de la escritura de constitución, si es persona jurídica.

     - Poder de representación de quien actúe como representante.

b) Título de uso del local (copia del contrato de alquiler, escrito que acredite la cesión, etc.).

 c) Cada uno de los vendedores:

     - Descripción de los productos que vayan a ser puestos a la venta.

     - Certificado de estar dado de alta ante el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe que corresponda.

Cómo hacer la comunicación de ventas ocasionales (PDF, 735 KB).

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución


EN ESTE PROCEDIMIENTO NO SE EMITEN RESOLUCIONES

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