Notificación de torres de refrigeración y condensadores evaporativos
Descripción
(RD 487/2022, artículo 5, apartado 3). Las personas titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporativos están obligadas a notificar, mediante el modelo de documento que se recoge en el anexo II de forma electrónica, a la autoridad sanitaria competente de la comunidad o ciudad autónoma en la que se instale el equipo:
- En el plazo máximo de un mes desde su puesta en funcionamiento, el número y características técnicas de éstas, así como las modificaciones que afecten al sistema.
- En el plazo de un mes desde su cese definitivo de la actividad o baja de la instalación.
Normativa aplicable
Información de contacto
Datos de contacto
| ARABA | BIZKAIA | GIPUZKOA |
|---|---|---|
| Subdirección de Salud Pública de Alava | Subdirección de Salud Pública de Bizkaia | Subdirección de Salud Pública de Gipuzkoa |
| Santiago, 11. 01004 Vitoria-Gasteiz (Araba) | Alameda Rekalde, 39 A. 48008 Bilbao (Bizkaia) | Navarra, 4. 20013 Donostia/San Sebastián (Gipuzkoa) |
| Tel.: 945 017 168 | Tel.: 944 031 539 | Tel.: 943 022 738 |
| Centro Comarcal Araba Rural | Centro Comarcal Uribe Costa | Centro Comarcal Tolosa/Goierri |
| Santiago, 11. 01004 Vitoria-Gasteiz (Araba) | Plaza Ikeabarri, 1-2ª. 48940 Leioa (Bizkaia) | Navarra, 6. 20400 Tolosa (Gipuzkoa) |
| Tel.: 945 017 166 | Tel.: 944 032 921 | Tel.: 943 024 024 |
| Subcentro Comarcal Ayala | Centro Comarcal Lea-Artibai | Centro Comarcal Urola |
| Motxotekale, 6. 01400 Laudio/Llodio (Araba) | Udetxea Jauregia Iturburu 4. 48300 Gernika-Lumo (Bizkaia) | Salbide 10, sotano. 20800 Zarautz (Gipuzkoa) |
| Tel.: 945 062 220 | Tel.: 944 032 880 | Tel.: 943 023 147 |
| Subcentro Comarcal Rioja Alavesa | Centro Comarcal Interior | Centro Comarcal Alto Deba |
| Fueros, 6. 01320 Oyón-Oion (Araba) | Alameda Rekalde, 39 A. 48008 Bilbao (Bizkaia) | Otaola hiribidea 6, sótano 1. 20600 Eibar (Gipuzkoa) |
| Tel: 945 062 218 | Tel: 944 032 820 | Tel.: 943 024 059 |
| Centro Comarcal Encartaciones-Margen Izquierda | Centro Comarcal Bidasoa | |
| Barrengoitia, 9-1º. 48920 Portugalete (Bizkaia) | Navarra, 41-3º . 20302 Irun (Gipuzkoa) | |
| Tel.: 944 032 450 | Tel.: 943 024 030 |
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
- Notificación de alta de torres de refrigeración y cond. evaporativos para instalaciones que NO TIENEN ninguna torre de refrigeración ni condensador censados: 0107001
- Notificación de alta, modificación o baja torres de refrigeración y cond. evaporativos para instalaciones que SÍ TIENEN torre de refrigeración o condensador censados: 0107002
ALTA (Circuito y elementos)
PARA INSTALACIONES QUE NO TIENEN NINGUNA TORRE DE REFRIGERACIÓN NI CONDENSADOR EVAPORATIVO CENSADOS
Este procedimiento permite dar de alta una nueva instalación que contiene una torre de refrigeración/condensador evaporativo que debe ser notificada a la Administración Sanitaria. Esta nueva instalación será dada de alta en el censo de Salud Pública. Se recuerda que si ya tiene notificada alguna otra torre/condensador en una instalación ya censada deberá utilizar el procedimiento de Notificación de modificación o baja de torres de refrigeración y condensadores evaporativos para dar de alta una nueva torre o un nuevo circuito.
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la comunicación,
- adjuntar los documentos y formularios preparados,
- firmar la comunicación,
- enviar la comunicación y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
|
Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica,
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador,
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador,
- acceder al servicio electrónico.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartadoDocumentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
ALTA / BAJA / MODIFICACIÓN bien de un circuito o de un elemento (torre o condensador que pertenezca a alguno de los circuitos)
PARA INSTALACIONES QUE SÍ TIENEN ALGUNA TORRE DE REFRIGERACIÓN O CONDENSADOR EVAPORATIVO CENSADOS
Este procedimiento permite, dar de alta, modificar o dar de baja una torre de refrigeración o condensador evaporativo de una instalación ya censada. Al acceder a la solicitud podrá comprobar todos los circuitos de las instalaciones censadas seleccionando el que necesite ser modificado. Dentro de las modificaciones se pueden realizar estas tres acciones: Alta de nueva torre/condensador, Modificación de una torre/condensador existente o Baja de una torre/condensador existente.
Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la comunicación,
- adjuntar los documentos y formularios preparados,
- firmar la comunicación,
- enviar la comunicación y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
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Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica,
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador,
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador,
- acceder al servicio electrónico.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartadoDocumentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.