PREST_GARA - Justificación de las actividades realizadas

En el plazo máximo de un mes desde la finalización de la actividad, la entidad remitirá al Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado la documentación siguiente correspondiente a cada una de las actividades contratadas:

  • El acta sobre el desarrollo de la actividad, en el que conste:
    • Valoración general del desarrollo de la actividad.
    • Relación de profesores y profesoras participantes, con indicación expresa de su porcentaje de asistencia, participación y aprovechamiento.
    • Relación de profesores y profesoras considerados aptos o aptas.
  • Una copia digital de los materiales didácticos utilizados en el curso: apuntes o material impreso, software, presentaciones, ejercicios y actividades.
  • Una ficha por cada participante del curso en la que se recojan las características básicas de la actividad práctica que haya realizado cada participante, conforme a lo establecido en las características del curso.

Independientemente de los mecanismos internos de evaluación que articulen las entidades, el Departamento de Educación podrá someter a evaluación los proyectos en orden a comprobar el nivel del cumplimiento de los objetivos establecidos. Se deberá garantizar el bilingüismo (euskara y castellano) en el desarrollo de las funciones y tareas arriba señaladas, así como en los materiales elaborados en el marco del contrato. Cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres.”

Para facilitar la comprobación de la documentación justificativa, se ha dividido en varios apartados la aportación justificación:

A.-Acta 1, acta 2 y hojas de firmas. El nombre del apartado será: Acta + (Código del curso), (ej: Acta 720)

En el acta, la calificación de Apto - No apto de los participantes dependerá de dos criterios:

  • Académico: Referido al aprovechamiento. Hay dos columnas en el Acta 2, donde se reflejarán la participación y el aprovechamiento de los alumnos. En los cursos en los que la convocatoria prevé una fase de elaboración de un informe o la realización de una práctica, esa fase deberá obtener la valoración positiva por parte de la entidad impartidora.
  • Administrativo. Referido a la asistencia. Es imprescindible la asistencia al 80% de del curso, según se indica en la Orden de 14 de mayo Art. 8 punto 8).

Únicamente en el caso de una valoración positiva en ambos criterios se podrá dar la calificación de apto. El Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado incluirá en la ficha personal del o la participante la condición  de apto o apta en el curso. No procede, en ningún, caso la certificación por parte de la entidad impartidora. El Departamento no certificará los cursos a quienes no se hayan incorporado a ellos de acuerdo con lo establecido en convocatoria.

B.-Materiales didácticos. El nombre del apartado será: Materiales + (Código del curso) Si el curso es On-line, se podrá optar por enviar los materiales didácticos utilizados o  facilitar el acceso a la plataforma al Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado.

C.-Ficha por cada participante al curso. El nombre del apartado será: Fichas + (Código del curso) Se recogerán las características de la actividad práctica, informe o memoria que han realizado los y las participantes, siguiendo el modelo de la ficha. Estas fichas las debe rellenar la entidad impartidora por cada participante, detallando la actividad realizada por el mismo y la valoración obtenida, (se adjunta ejemplo).