Ayudas acogidas al régimen de mínimis, a determinadas explotaciones agrícolas de la CAPV 2015
Establecer ayudas para el año 2015 por el mantenimiento de una determinada actividad agrícola, con la finalidad de apoyar a explotaciones dedicadas al cultivo de remolacha azucarera y patata de siembra y de consumo, y de esta manera ayudar a su posicionamiento en el periodo de transición a la liberalización de los mercados de estos productos.
La dotación es de 810.000 euros. El importe máximo de ayuda por hectárea será:
Remolacha: 300 €/ ha
Patata de siembra: 300 €/ ha
Patata consumo: 250€/ha
- Orden de 29 de julio de 2015 (BOPV N 164/2015)
de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la se establecen ayudas, acogidas al régimen de mínimis, a determinadas explotaciones agrícolas de la CAPV, para el año 2015.
Para realizar la solicitud de ayuda se recomienda pedir cita previa en el teléfono 945 01 96 30
Dirección de Agricultura y Ganadería - 4ª Planta Zona “O”
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
Para realizar la solicitud de ayuda se recomienda pedir cita previa en el teléfono 945 01 96 30
Hugo Macia Oliver
Teléfono: 945 01 96 64
E-mail: h-macia@euskadi.eus
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Para realizar la solicitud de ayuda se recomienda pedir cita previa en el teléfono 945 01 96 30
Dirección de Agricultura y Ganadería - 4ª Planta Zona “O”
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Para realizar la solicitud de ayuda se recomienda pedir cita previa en el teléfono 945 01 96 30
Dirección de Agricultura y Ganadería - 4ª Planta Zona “O”
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Establecer ayudas para el año 2015 por el mantenimiento de una determinada actividad agrícola, con la finalidad de apoyar a explotaciones dedicadas al cultivo de remolacha azucarera y patata de siembra y de consumo, y de esta manera ayudar a su posicionamiento en el periodo de transición a la liberalización de los mercados de estos productos.
Titulares de una explotación agraria ubicada en el ámbito territorial del Territorio Histórico de Álava.
a) Ser titular de una explotación ubicada en el ámbito territorial del Territorio Histórico de Álava.
b) Que la explotación esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias.
c) Realizar la declaración de Solicitud Única regulada en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la gana-dería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. Las parcelas de remolacha y patata por las que se solicita la presente ayuda habrán sido declaradas con estos cultivos en la Solicitud Única 2015.
d) Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las Haciendas Forales y con la Seguridad Social.
e) No haber recibido 15.000 euros en ayudas acogidas al régimen de mínimis por cualquier concepto durante el período de los dos ejercicios fiscales anteriores a la presente convocatoria y durante el ejercicio fiscal en curso.
f) No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halle incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
2.– Además de cumplir lo dispuesto en el apartado anterior, para poder ser beneficiario de estas ayudas las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
a) En el caso de la remolacha, cumplir los requisitos establecidos en el artículo 46 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural:
- Producir remolacha azucarera de alguna de las variedades contempladas en el catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea, en el Registro de variedades comerciales o que tengan concedida una autorización de comercialización conforme a la Decisión 2004/842/CE de la Comisión de 1 de diciembre de 2004.
– Sembrar con una densidad mínima de 100.000 semillas por hectárea.
– Tener suscrito un contrato de suministro con la industria azucarera para la entrega de la remo¬lacha producida y su transformación en azúcar.
b) En el caso de la patata de consumo, tener un contrato de suministro con una empresa comercializadora.
c) En el caso de la patata de siembra, cumplir la normativa de aplicación en lo referido al cultivo, almacenamiento, conservación y envasado de la patata de siembra.
La dotación es de 810.000 euros. El importe máximo de ayuda por hectárea será:
Remolacha: 300 €/ ha
Patata de siembra: 300 €/ ha
Patata consumo: 250€/ha
Para realizar la solicitud de ayuda se recomienda pedir cita previa en el teléfono 945 01 96 30
- Alta de tercero (1)
Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios: Kutxabank, Bankoa, Banco Santander, Laboral Kutxa, Caixa Bank y BBVA.
- Alta de tercero (2)
Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en el resto de entidades.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
30 de septiembre de 2015
Dos meses desde el día que se abre el plazo de esta convocatoria.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Agricultura y Ganadería.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Agricultura y Ganadería.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.