Ayudas Emprender en Economía Social: Mantenimiento de un ecosistema favorecedor de la creación de empresas de economía social. (fomento del Emprendimiento Colectivo) 2025

[EMP_2025]

Descripción


Objeto

a) Línea 1: El diseño y realización de concursos de ideas para promover el espíritu emprendedor en Economía Social y difundir la cultura empresarial en Economía Social.

b) Línea 2: Optimizar y completar la red de prescriptores del modelo de Economía Social, dotándoles de herramientas (información y conocimiento) para que sean «puerta de entrada» a itinerarios conducentes al emprendimiento colectivo. Serán consideradas acciones subvencionables las siguientes:
1.- Realización de sesiones de información y de formación en los centros de Lanbide con los manuales de formación tanto presenciales como virtuales para su personal.
2.- Elaboración de propuestas de valor de los modelos de Economía Social en los servicios de orientación de los centros de FP, institutos y universidades, analizando con los agentes implicados cómo se puede dotar de mayor presencia a la Economía Social en programas como Uratos bat, Ikasenpresa, Postgrados. Igualmente, entre los agentes del territorio (locales, comarcales, forales, Bis) y otros agentes vinculados al emprendimiento (Cámaras de Comercio, asesorías, fundaciones bancarias) y actividades de mantenimiento de la antena de detección temprana de procesos de transformación, sucesión y reconversión en base a la información de los prescriptores.

c) Línea 3: La elaboración, desarrollo y ejecución de un Plan Anual de Actuación para la promoción territorial planificada de empresas de Economía Social, realizado por entidades que cuenten con la participación tanto de entidades educativas del entorno, como de empresas entroncadas en un ámbito territorial de base comarcal, preferentemente de Economía Social. El Plan de Actuación deberá incluir obligatoriamente los siguientes contenidos:
● Objetivos cuantitativos referidos a la promoción y fomento para la constitución de empresas de Economía Social y, en su caso, la creación de empleo societario de Economía Social.
● Gastos necesarios para la realización de lo planificado para la promoción de empresas de Economía Social, con detalle de su financiación, incluidos los derivados del establecimiento de relaciones con organizaciones o entidades extranjeras necesarias para tal fin.
● Contar con la colaboración expresa de entidades educativas que puedan impartir la formación técnica relacionada con los futuros proyectos a las personas que vayan a desempeñar la actividad empresarial.
● Asegurar la participación en el Plan anual de Promoción territorial de empresas u organizaciones de Economía Social susceptibles de prestar cobertura a los futuros proyectos. Para cada proyecto deberá concretarse en el Plan la naturaleza del apoyo y grado de implicación financiera o de otra índole de dicha participación.

Dotación presupuestaria

700.000 euros

Prestación económica

a) Línea 1: El diseño y realización de concursos de ideas: el 75% del coste de la actividad, con un límite de 50.000 euros por entidad beneficiaria.

b) Línea 2: Optimizar y completar la red de prescriptores del modelo de Economía Social: el 85% del coste de la actividad, con un límite de 10.000 euros por actividad subvencionable.

c) Línea 3: La elaboración, desarrollo y ejecución de un Plan Anual de Actuación: el 85% del coste de la actividad, con un límite de 60.000 euros por actividad subvencionable.

Forma de pago:

Un primer pago del 80 % del total de la subvención tras la concesión de ésta, y una vez transcurridos el plazo de quince días sin haber mediado renuncia expresa; y un segundo pago del 20 % restante, finalizada la acción o acciones subvencionadas y en todo caso en el año 2026.

Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, la persona o entidad beneficiaria deberá constar en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

No se efectuará ningún pago en tanto la persona o entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución de procedimiento de reintegro.

Para hacer efectivo el segundo pago de la subvención la Entidad beneficiaria deberá aportar cuenta justificativa simplificada de la subvención concedida, que contendrá la siguiente información:

- Memoria justificativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

- Memoria económica que incluya una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad. En el caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas. La documentación justificativa del gasto realizado se acreditará mediante la aportación de facturas originales o fotocopias compulsadas.

- Detalle de otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

- En el caso de la línea 3: Memoria detallada del periodo anual de la actividad de promoción realizada, en la que conste expresamente la totalidad de la actividad realizada incluida la promoción de entidades tanto de Economía Social como otras que no lo sean, en su caso, derivadas de la actividad de difusión, y la documentación justificativa del gasto realizado, mediante la aportación de facturas originales o fotocopias compulsadas.

Para la justificación de gastos internos, gastos de personal propio de la entidad beneficiaria, habrá de presentarse copia de los modelos RNT y RLC de la Seguridad Social correspondientes a los meses de ejecución del proyecto, identificando en el modelo RLC a los trabajadores participantes en la actividad. Se acompañará de una certificación del representante legal de la empresa o entidad sobre el porcentaje de participación de las personas participantes en el proyecto subvencionado.

A quién va dirigido


Sociedad cooperativa

Sociedad laboral

Requisitos

  • Requisito para ser beneficiaria de la ayuda

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Acreditar que la cooperativa está legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente

  • Acreditar suficiente poder de representación
  • Acreditar que la asociación, federación o confederación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente

  • Acreditar la existencia, o no, de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles.

  • Acreditar el presupuesto del proyecto presentado

Organismos


Organismo que convoca

  • Economía, Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Economía Social

Organismo que resuelve

  • Economía, Trabajo y Empleo > Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1217912

Solicitud y aportación de documentación


Por el canal electrónico, mediante instancia normalizada, disponible en la sede electrónica, utilizando medios electrónicos.

Las solicitudes deberán acompañarse de la correspondiente documentación preceptiva recogida en las bases de la convocatoria.siguiente documentación.

Los trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones, se realizarán a través de «Mi carpeta» de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Se podrá tramitar todo el procedimiento a través de un representante, para lo cual la representación deberá inscribirse en el Registro de Apoderamientos del Gobierno Vasco

La presentación de la solicitud comporta la autorización para que la Dirección de Economía Social obtenga de forma directa la acreditación de los requisitos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, salvo que se oponga de manera motivada, en cuyo caso la persona o entidad solicitante deberá aportar las correspondientes certificaciones expedidas por las instancias administrativas de la autoridad hacendística y de la Seguridad Social competentes. El hallarse al corriente de dichas obligaciones es requisito tanto para acceder a la condición de beneficiaria como para mantenerse en ella hasta la liquidación de la subvención concedida, y por tanto se verificará su cumplimiento al momento de efectuar la concesión y al realizar los pagos correspondientes

Mediante una declaración responsable, incluida en la solicitud, las entidades beneficiarias declararán el cumplimiento de los requisitos generales enumerados en las bases de la convocatoria.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

Aceptación de la ayuda


Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla a través del canal electrónico y presencial. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

- Detalle de otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

- Memoria justificativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

- Memoria económica que incluya una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad. En el caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas. La documentación justificativa del gasto realizado se acreditará mediante la aportación de facturas originales o copia auténtica.

En el caso de que la justificación incluya gastos internos, gastos de personal propio de la entidad beneficiaria, habrá de presentarse copia de los modelos RNT y RLC de la Seguridad Social correspondientes a los meses de ejecución del proyecto, identificando en el modelo RLC a los trabajadores participantes en la actividad. Se acompañará de una certificación del representante legal de la empresa o entidad sobre el porcentaje de participación de las personas participantes en el proyecto subvencionado.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites