(ASOCIACIONISMO Y PARTICIPACIÓN) Subvenciones, durante el ejercicio 2025, a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro cuyo único fin sea la igualdad de mujeres y hombres y a asociaciones de mujeres, para proyectos de fortalecimiento del asociacionismo, así como para proyectos estratégicos para la igualdad de mujeres y hombres.

[ELK 2025]

Descripción


Objeto

Artículo 1.– Objeto y ámbito temporal.

1.– El objeto de la presente Resolución es regular las bases y convocar la concesión de subvenciones por parte de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro cuyo único fin sea la igualdad de mujeres y hombres y a asociaciones de mujeres, para proyectos de fortalecimiento del asociacionismo, así como para proyectos estratégicos para la igualdad de mujeres y hombres en el ejercicio de 2025.

2.– La convocatoria recoge y regula dos líneas subvencionales desarrolladas en los capítulos II (Proyectos de fortalecimiento del asociacionismo) y III (Proyectos estratégicos para la igualdad de mujeres y hombres).

Artículo 2.– Selección y dotación económica.

1.– La presente convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva. A estos efectos se entiende por concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las ayudas se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en los artículos 21 y 26, concediendo subvención sólo a aquellas que logren el mínimo de puntuación establecido en cada línea subvencional tras la aplicación de los criterios establecidos en los citados artículos.

2.– La dotación económica destinada a contribuir a los objetivos señalados en el artículo anterior procederá de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos del Instituto y se cifran en cuatrocientos treinta mil (430.000) euros. De ellos, 322.500 euros corresponden a crédito de pago para 2025 y 107.500 a crédito de compromiso para 2026.

Para la primera línea subvencional, dirigida al fortalecimiento del asociacionismo se destinan 215.000 euros (161.250 euros corresponden a crédito de pago para 2025 y 53.750 a crédito de compromiso para 2026).

Para la segunda línea subvencional, dirigida a proyectos estratégicos para la igualdad de mujeres y hombres, se destinan 215.000 euros (161.250 euros corresponden a crédito de pago para 2025 y 53.750 a crédito de compromiso para 2026).

Dotación presupuestaria

430.000

Organismos


Organismo que convoca

  • Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer / Dirección de EMAKUNDE > Secretaría General de EMAKUNDE

Organismo que resuelve

  • Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer / Dirección de EMAKUNDE > Secretaría General de EMAKUNDE

Información de contacto


Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Manuel Iradier, 36
01005 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Tfno. 945.01.67.00
Fax. 945.01.67.01
emakunde@euskadi.eus
http://www.emakunde.euskadi.eus/u72-home/es/

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0092711

Solicitud y aportación de documentación


• Plazo de solicitud: del 9 de abril al 9 de mayo de 2025.

Información y ayuda sobre cómo realizar la solicitud

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurrido este plazo no hubiera sido notificada Resolución alguna, podrá entenderse desestimada la petición de subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

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