Ayudas Emprender en Economía Social: Consolidación 2023

[EMP_2023]

Descripción


Objeto

1.– A los efectos de este Capítulo se considerarán como actividades subvencionables las siguientes:

a) La formación profesional en las tareas propias del objeto social de la empresa, o bien de mejora de la capacitación laboral.

b) La implementación de herramientas de gestión empresarial, incluida la formación de las personas trabajadoras en este tipo de herramientas.

c) La realización de un Diagnóstico de las dificultades socioeconómicas que encuentran las empresas de economía social en los primeros años de actividad, realizado por una entidad consultora especializada, y que aporte propuesta de medidas correctoras de los obstáculos detectados. El diagnóstico deberá analizar como mínimo 10 empresas.

2.– Para poder ser subvencionables al amparo del presente capítulo, las actividades de los apartados 29.1.a) y b) deberán ser recibidas o habrán de estar dirigidas a las empresas beneficiarias en alguna de las convocatorias de ayudas para Emprender en Economía Social entre los años 2018 y 2022 (ambos incluidos), en el apartado de constitución de empresas.

Dotación presupuestaria

295.000 euros

Prestación económica

El sumatorio total del 30% de la cantidad resultante al calcular la ayuda para cada una de las entidades promovidas.

Forma de pago:

a) Un primer pago del 80% del total de la subvención tras la concesión de la misma, y una vez transcurridos quince días a contar desde el siguiente al de notificación de la concesión sin haber mediado renuncia expresa.
b) Un segundo pago del 20% previa presentación en los plazos determinados en el artículo 21 de la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Orden

 

 

 

A quién va dirigido


Sociedad cooperativa

Sociedad laboral

Universidades con sede en la Comunidad Autónoma de Euskadi

Asociaciones

Requisitos:

  • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el Epígrafe de actividades económicas

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

  • Para acreditar que la asociación, federación o confederación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Estar declarada de utilidad pública

Organismos


Organismo que convoca

  • Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Economía Social

Organismo que resuelve

  • Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Economía Social

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1217908

Solicitud y aportación de documentación


Las personas interesadas podrán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento mediante el canal electrónico.

Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de https://www.euskadi.eus/micarpeta

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

Otros trámites