Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera 2019

[LAK-2019 (Programa Lehen Aukera 2019)]

Descripción


Objeto

El objeto de la convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas a conceder por la contratación de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o con escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación, por las empresas vascas u otras entidades previstas en la convocatoria, como medida para favorecer la mejora de su empleabilidad, a través de la adquisición de experiencia profesional, y de consolidar su inserción laboral.

Más información  

Dotación presupuestaria

4.000.000 euros

Prestación económica

3.846.154 euros para la financiación de los contratos indefinidos y en prácticas y 153.846 euros, para la financiación de la captación, registro y gestión de las ofertas de empleo por parte de las entidades colaboradoras.

Forma de pago:

Se concederán las subvenciones por orden de presentación de todos los expedientes que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.

El abono de la subvención a las empresas contratantes se realizará de la siguiente manera:

  • Un primer pago del 52%, tras la formalización de los contratos previstos y previa presentación de la documentación pertinente.
  • Un segundo pago del 48% restante o la cantidad que resulte de la justificación, una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención.

Las entidades colaboradoras percibirán la subvención en un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide.

A quién va dirigido


Empresas

Las empresas privadas, por la celebración de contratos indefinidos o en prácticas, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones y Fundaciones.

Requisitos:

  • Tener domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.

  • No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.

  • Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) de la empresa, la intención de contratar al amparo de esta convocatoria con indicación del tipo de contrato, tiempo de la contratación y puesto a ocupar

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la comisión de la Unión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Entidades colaboradoras de Lanbide

Las entidades colaboradoras de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo reguladas en el artículo 12 por las actuaciones de captación y registro y por la gestión de las ofertas de empleo así como por la gestión y seguimiento del proceso de transición, que finalicen con la formalización de contratos subvencionados.

Requisitos

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social.

  • No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones

  • No hallarse incursa en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • COLECTIVO BENEFICIARIO

    Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, que cumplan los siguientes requisitos:

    a) Residir en la Comunidad Autónoma Vasca.

    b) Estar inscritas y de alta como demandantes de empleo en Lanbide-SVE y desempleada en el momento de la formalización del contrato.

    c) Estar en posesión de alguna de las titulaciones incluidas en este punto:

    - Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia.

    - Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado universitario-Plan Bolonia.

    - Técnico/a Superior o Medio de Formación Profesional reglada, de la formación profesional específica, siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico/a Auxiliar (FP1) y Técnico/a Especialista (FP2).

    - Formación Profesional básica.

    - Otras titulaciones oficialmente reconocidas como equivalentes a las anteriores.

    - Certificado de profesionalidad.

    Tener una experiencia laboral máxima de 6 meses en empleos relacionados con su titulación

    Se dará prioridad a aquellas personas que estén identificadas en la base de datos del Sistema de Garantía Juvenil.

    Las personas seleccionadas directamente por la empresa por el procedimiento señalado en el artículo 7.1.a) de la convocatoria deberán estar inscritas en el Sistema de Garantía Juvenil al menos desde el día anterior de la firma del contrato.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo cofinanciador

  • Fondo Social Europeo (FSE)

Información de contacto


Servicio de Atención a la Ciudadanía: 945160600/ 630305452

Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945160601

Correo electrónico: lehenaukera@lanbide.eus

Servicio Fomento de Empleo: 945 181327/945 181338

Código

10159

Solicitud y aportación de documentación


Fecha inicio: Desde el día siguiente al de  la publicación de la presente convocatoria en el BOPV.

Fecha fin:

  • Para obtención de la condición de entidad colaboradora (Anexo I): 28 de enero de 2019
  • Para la subvención por contratos indefinidos o en prácticas (Anexo II): 31 de octubre de 2019.
  • Para la subvención por la captación registro y gestión de ofertas de trabajo (Anexo III): Del 4 al 15 de noviembre de 2019.

Documentación a aportar junto con la solicitud:

  • Anexo I (Autorización Entidad Colaboradora)

Adjunta al Anexo II (Subvención Empresas vascas u otras entidades):

  • Fotocopia del D.N.I. / N.I.E. de la persona representante legal o autorización para la verificación electrónica de sus datos.
  • Fotocopia de los poderes notariales que acrediten su representación.
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
  • Copia de las Escrituras actualizadas de constitución de la empresa u otro documento de constitución de la Entidad.
  • Copia del contrato celebrado
  • Declaración responsable de no existencia de parentesco en los términos previstos en el artículo 3.4 a)
  • Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta correspondiente a los 6 meses inmediatamente anteriores al día del alta de la persona contratada
  • Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta correspondiente al día de la contratación
  • Copia de la comunicación efectuada a la RLT.
  • Documento de Alta de Terceros Interesado.

Además para los contratos con personas jóvenes que hayan finalizado formación dual u obtenido becas para la formación, detallados en el artículo 8.2

  • Documentación acreditativa de la obtención de la titulación que figura en el contrato
  • Documentación acreditativa de la realización del periodo de formación en la empresa con la que ha formalizado el contrato (empresa, centro de trabajo, periodo, modalidad, etc.)

Adjunta al Anexo III (Subvención Entidades Colaboradoras):

  • Si ha gestionado ofertas de trabajo: relación de las ofertas de empleo registradas y/o gestionadas, con las personas contratadas en cada una de ellas al amparo de la presente convocatoria.
  • Si ha realizado la gestión y seguimiento del proceso de transición: relación con las personas contratadas y las empresas contratantes al amparo de la presente convocatoria.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Certificado de contratación en practicas


  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Certificado de contratación en practicas

Justificación de los contratos


Para la justificación de los contratos la empresa beneficiaria deberá presentar una Memoria Final que contendrá una relación de las personas jóvenes contratadas y la duración de los contratos.

El plazo para presentar la citada Memoria será el siguiente:

a) En el supuesto de contratos en prácticas, 1 mes posterior a la finalización de los mismos.

b) En el supuesto de contratos indefinidos, una vez trascurrido un año desde su inicio.

En cualquiera de los casos, la Memoria se deberá presentar con anterioridad al 18 de diciembre de 2020.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Memoria final

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado

Otros trámites