Convocatoria para el año 2018 de ayudas destinadas a la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas en centros de trabajo de empresas vascas situados en el exterior.
[CPE_2018]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Inserción laboral de personas jóvenes, en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral en empleos relacionados con su titulación, mediante su contratación por empresas vascas que cuenten con centros de trabajo en el exterior, incluyendo en la contratación un periodo de aprendizaje en dichos centros de trabajo, como medida para favorecer la adquisición de experiencia profesional y cualificación adaptada a las necesidades de las empresas y como medida para apoyar al tejido empresarial de la CAPV que está realizando un importante esfuerzo de internacionalización.
Dotación presupuestaria
1.010.000 €Prestación económica
Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria los contratos en prácticas, de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados a empresas con centro productivo radicado en la CAPV, celebrados con personas jóvenes desempleadas, de edad igual o inferior a 34 años a fecha de inicio del contrato.
Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria ascienden a 1.010.000 euros, de los cuales 505.000 euros corresponderán al presupuesto ordinario de 2018 y 505.000 euros al presupuesto de compromiso para 2019, del presupuesto de Lanbide–Servicio Vasco de Empleo.
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2019.
El importe de la subvención, en términos anuales, por cada contrato de trabajo en prácticas, se determinará en función del nivel de titulación de cada persona contratada, del siguiente modo:
- Grupo A: 13.100.-euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 26.200.-euros.
- Grupo B: 11.800.-euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 23.600.-euros.
En ningún caso serán objeto de subvención contratos de trabajo con costes salariales y de seguridad social inferiores a los indicados.
En caso de que el período subvencionable de cada contrato sea inferior a un año, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente, ajustándose al periodo que resulte subvencionable.
A estos efectos serán considerados costes salariales y de seguridad social, aquellos que se correspondan con las retribuciones brutas pactadas o establecidas en el convenio colectivo sectorial o negociación de empresa que incluyen: salario base, complementos derivados de la actividad (conocimientos especiales, confidencialidad, turnos de trabajo,…) pagas extras, participación en beneficios, incentivos a la producción, horas extraordinarias, aportaciones empresariales a EPSV, complemento de residencia por trabajar en un lugar determinado geográficamente, así como la cuota por seguridad social a cargo de la empresa
No se considerarán costes salariales las prestaciones en especie, las dietas por viaje, alojamiento y manutención, así como el resto de percepciones extra salariales y los gastos que no formen parte de la denominada “acción social” de la empresa.
No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como la que se produzca con estos últimos.
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria quedarán sujetas al Reglamento de la Comisión (UE) nº 651/2014 Reglamento General de Exención por Categorías de 17 de junio de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 26 de Junio de 2014,por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
Las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y se concederán las subvenciones en el mismo orden a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Forma de pago:
Un primer pago del 50% de la subvención concedida, tras la formalización de los contratos previstos en el plan de contratación de la empresa y un segundo pago, por el 50% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado y una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención.
Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria los contratos en prácticas, de duración mínima de 12 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en el exterior de España vinculados a empresas con centro productivo radicado en la CAPV, celebrados con personas jóvenes desempleadas, de edad igual o inferior a 34 años a fecha de inicio del contrato.
Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria ascienden a 1.010.000 euros, de los cuales 505.000 euros corresponderán al presupuesto ordinario de 2018 y 505.000 euros al presupuesto de compromiso para 2019, del presupuesto de Lanbide–Servicio Vasco de Empleo.
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2019.
El importe de la subvención, en términos anuales, por cada contrato de trabajo en prácticas, se determinará en función del nivel de titulación de cada persona contratada, del siguiente modo:
- Grupo A: 13.100.-euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 26.200.-euros.
- Grupo B: 11.800.-euros, siempre que el coste salarial y de Seguridad Social sea igual o superior a 23.600.-euros.
En ningún caso serán objeto de subvención contratos de trabajo con costes salariales y de seguridad social inferiores a los indicados.
En caso de que el período subvencionable de cada contrato sea inferior a un año, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente, ajustándose al periodo que resulte subvencionable.
A estos efectos serán considerados costes salariales y de seguridad social, aquellos que se correspondan con las retribuciones brutas pactadas o establecidas en el convenio colectivo sectorial o negociación de empresa que incluyen: salario base, complementos derivados de la actividad (conocimientos especiales, confidencialidad, turnos de trabajo,…) pagas extras, participación en beneficios, incentivos a la producción, horas extraordinarias, aportaciones empresariales a EPSV, complemento de residencia por trabajar en un lugar determinado geográficamente, así como la cuota por seguridad social a cargo de la empresa
No se considerarán costes salariales las prestaciones en especie, las dietas por viaje, alojamiento y manutención, así como el resto de percepciones extra salariales y los gastos que no formen parte de la denominada “acción social” de la empresa.
No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como la que se produzca con estos últimos.
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria quedarán sujetas al Reglamento de la Comisión (UE) nº 651/2014 Reglamento General de Exención por Categorías de 17 de junio de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 26 de Junio de 2014,por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
Las solicitudes serán estudiadas por orden de presentación y se concederán las subvenciones en el mismo orden a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Un primer pago del 50% de la subvención concedida, tras la formalización de los contratos previstos en el plan de contratación de la empresa y un segundo pago, por el 50% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado y una vez justificadas las actuaciones objeto de subvención.
A quién va dirigido
Empresas privadas o público-privadas radicadas en la CAPV, que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, así como aquéllas que se hallen en procesos de implantación en el exterior, debidamente documentados y justificados.
Requisitos:
-
Empresas privadas o público- privadas radicadas en la CAPV que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, o que se hallen en procesos de implantación en el exterior.
Escrituras de constitución de la empresa, documentación que acredite la relación de la empresa solicitante con el centro de trabajo en el exterior, o que justifique la implantación en el exterior, presentada en uno de los idiomas oficiales de la CAPV.
Requisitos
-
Requisitos de las personas contratadas
Jóvenes menores de 35 que pertenezcan a uno de los siguientes colectivos de trabajadores/as:
- Personas jóvenes menores de 25 años.
- Personas jóvenes entre 25 y 34 años, ambos inclusive, siempre que no hayan tenido un empleo fijo remunerado en los 6 meses anteriores a la contratación.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
Estar en posesión de una Titulación Universitaria o de Técnico Superior o Medio en Formación profesional reglada, cualquier formación equivalente a las anteriores, o certificado de profesionalidad.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
No haber transcurrido más de 5 años, o 7 años cuando sea una persona con discapacidad, desde la terminación o convalidación de los estudios en España. Esta limitación no se aplica a personas menores de 30 años.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
Residir en CAPV.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
Domicilio social y fiscal en la CAPV o centro productivo radicado en la CAPV.
Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
-
Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria
-
Contar con las competencias lingüísticas necesarias.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria
-
No tener experiencia laboral previa superior a 6 meses en puestos pertenecientes al mismo grupo de cotización que el que se vaya a desempeñar.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria
-
Requisitos de los contratos
Las personas contratadas deberán prestar sus servicios, durante al menos 6 meses en el exterior.
- Memoria descriptiva.
- Justificación de la duración de la estancia en el exterior.
-
La contratación deberá referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académico-profesional de la persona contratada.
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la duración del contrato, el puesto de trabajo a desempeñar y el país o países de estancia.
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
Los contratos deberán ser a jornada completa
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
La duración mínima del contrato será de 12 meses
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual.
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
Se deberá designar una persona responsable del seguimiento del desempeño del puesto de trabajo por parte de la persona contratada
Plan de contratación
-
Requisitos de la ayuda
No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Autorización a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o certificados actualizados que acrediten la condición, en caso de denegar expresamente el consentimiento para la verificación por Lanbide.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Autorización a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o certificados actualizados que acrediten la condición, en caso de denegar expresamente el consentimiento para la verificación por Lanbide.
-
No hallarse la empresa sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto a contratar durante un año anterior y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que la contratación subvencionable supone un incremento neto del número de personas empleadas en el/los centro/s de la empresa de la CAE, en comparación con la media de los 12 meses previos. A estos efectos no se considerará incumplida dicha condición en los supuestos de extinción por despidos disciplinarios procedentes, dimisión, discapacidad, jubilación por edad, reducción voluntaria del tiempo de trabajo, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los/as trabajadores/as.
- Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
- En el momento del primer pago: Dos informes denominados "Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta", emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (obtenidos del sistema RED), de los centros de trabajo de la empresa radicados en la CAE: uno de ellos correspondiente a los doce meses inmediatamente anteriores al día de alta en la empresa de la persona contratada, y el otro correspondiente al día de la contratación.
- Autorización a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o certificados actualizados que acrediten la condición, en caso de denegar expresamente el consentimiento para la verificación por Lanbide.
-
Acreditar que no está calificada como empresa en crisis de acuerdo a la definición prevista en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, denominado Reglamento General de Exención por Categorías, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 26 de Junio de 2014.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud
-
Comunicar a la Representación Legal de los trabajadores RLT de la empresa la intención de contratar mediante contrato en prácticas con indicaciones del puesto y periodo de contratación.
Comunicación escrita a la RLT o, si no existe RLT, declaración responsable de la persona representante legal en la propia solicitud de no disponer de RLT.
-
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Información relativa al número de personas trabajadoras que constituyen la plantilla de la empresa y si tal empresa dispone de un Plan de Igualdad.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Contratar un seguro para cada persona contratada que incluya, al menos, las siguientes coberturas: viaje, atención médica, accidentes, enfermedad grave, hospitalización y repatriación.
Documento de compromiso de contratación de un seguro en las condiciones estipuladas en el art. 13.2. c)
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
Lanbide – Servicio Vasco de Empleo
945 181 335 / 945 062 368 / / 945 181 309 / 945 062 378 / 945 181 357
E-mail: c.empresasexterior@lanbide.eus
Código
10083Solicitud y aportación de documentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 20 de septiembre de 2018.
Junto con el impreso de solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad y acreditación de la representación legal que ostenta la persona que firma la solicitud en nombre de la persona jurídica solicitante.
- Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
- Fotocopia de las escrituras de constitución de la empresa.
- Documentación que acredite la relación de la empresa solicitante con el centro de trabajo en el exterior. Dicha documentación deberá presentarse en uno de los idiomas oficiales de la CAPV.
- Comunicación a la RLT (Representación Legal de los Trabajadores), o en su defecto, declaración expresa indicada en la propia solicitud de no disponer de RLT.
- Declaración responsable de la persona representante legal de la empresa que acredite que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto para el que se va a contratar y objeto de la solicitud de subvención bajo esta convocatoria, durante un periodo de un año anterior a la nueva contratación y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
- Declaración responsable de la persona representante legal de la empresa que acredite que la contratación subvencionable supone un incremento neto de plantilla en los términos previstos en el art. 3.3 de la convocatoria.
- Declaración responsable de la persona representante legal de la empresa solicitante relativa al número de personas trabajadoras que configuran la plantilla de la misma y si tal empresa dispone de un Plan para la Igualdad. En caso de que la entidad resulte beneficiaria de la subvención, se podrá requerir en cualquier momento copia de dicho plan.
- Declaración responsable de la persona representante legal de la empresa que acredite que la empresa no está calificada como empresa en crisis de acuerdo al artículo 4.1.i de esta convocatoria.
- Memoria descriptiva de la empresa solicitante destinataria de la subvención elaborado conforme al contenido especificado en el apartado 3 A de la solicitud.
- Plan de contratación elaborado conforme al contenido especificado en el apartado 3 B de la solicitud.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Requisitos de las personas contratadas
Jóvenes menores de 35 que pertenezcan a uno de los siguientes colectivos de trabajadores/as:
- Personas jóvenes menores de 25 años.
- Personas jóvenes entre 25 y 34 años, ambos inclusive, siempre que no hayan tenido un empleo fijo remunerado en los 6 meses anteriores a la contratación.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
Estar en posesión de una Titulación Universitaria o de Técnico Superior o Medio en Formación profesional reglada, cualquier formación equivalente a las anteriores, o certificado de profesionalidad.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
No haber transcurrido más de 5 años, o 7 años cuando sea una persona con discapacidad, desde la terminación o convalidación de los estudios en España. Esta limitación no se aplica a personas menores de 30 años.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
Residir en CAPV.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria.
-
Domicilio social y fiscal en la CAPV o centro productivo radicado en la CAPV.
Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
-
Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria
-
Contar con las competencias lingüísticas necesarias.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria
-
No tener experiencia laboral previa superior a 6 meses en puestos pertenecientes al mismo grupo de cotización que el que se vaya a desempeñar.
Comprobación por parte del personal de Lanbide, por medio de los distintos aplicativos, de que las personas candidatas a contratar cumplen los requisitos recogidos en la convocatoria
-
Requisitos de los contratos
Las personas contratadas deberán prestar sus servicios, durante al menos 6 meses en el exterior.
- Memoria descriptiva.
- Justificación de la duración de la estancia en el exterior.
-
La contratación deberá referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académico-profesional de la persona contratada.
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
Los contratos deberán formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación de la persona trabajadora, la duración del contrato, el puesto de trabajo a desempeñar y el país o países de estancia.
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
Los contratos deberán ser a jornada completa
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
La duración mínima del contrato será de 12 meses
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
En el contrato se hará constar la cuantía de remuneración bruta anual.
- Copia del contrato de trabajo.
- Alta de la Seguridad Social.
- IDC
-
Se deberá designar una persona responsable del seguimiento del desempeño del puesto de trabajo por parte de la persona contratada
Plan de contratación
-
Requisitos de la ayuda
No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Autorización a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o certificados actualizados que acrediten la condición, en caso de denegar expresamente el consentimiento para la verificación por Lanbide.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Autorización a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o certificados actualizados que acrediten la condición, en caso de denegar expresamente el consentimiento para la verificación por Lanbide.
-
No hallarse la empresa sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que no se ha producido destrucción de empleo en el puesto a contratar durante un año anterior y durante el periodo que dure la contratación subvencionada.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que la contratación subvencionable supone un incremento neto del número de personas empleadas en el/los centro/s de la empresa de la CAE, en comparación con la media de los 12 meses previos. A estos efectos no se considerará incumplida dicha condición en los supuestos de extinción por despidos disciplinarios procedentes, dimisión, discapacidad, jubilación por edad, reducción voluntaria del tiempo de trabajo, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los/as trabajadores/as.
- Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
- En el momento del primer pago: Dos informes denominados "Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta", emitidos por la Tesorería General de la Seguridad Social (obtenidos del sistema RED), de los centros de trabajo de la empresa radicados en la CAE: uno de ellos correspondiente a los doce meses inmediatamente anteriores al día de alta en la empresa de la persona contratada, y el otro correspondiente al día de la contratación.
- Autorización a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o certificados actualizados que acrediten la condición, en caso de denegar expresamente el consentimiento para la verificación por Lanbide.
-
Acreditar que no está calificada como empresa en crisis de acuerdo a la definición prevista en el artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, denominado Reglamento General de Exención por Categorías, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 26 de Junio de 2014.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud
-
Comunicar a la Representación Legal de los trabajadores RLT de la empresa la intención de contratar mediante contrato en prácticas con indicaciones del puesto y periodo de contratación.
Comunicación escrita a la RLT o, si no existe RLT, declaración responsable de la persona representante legal en la propia solicitud de no disponer de RLT.
-
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Información relativa al número de personas trabajadoras que constituyen la plantilla de la empresa y si tal empresa dispone de un Plan de Igualdad.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Contratar un seguro para cada persona contratada que incluya, al menos, las siguientes coberturas: viaje, atención médica, accidentes, enfermedad grave, hospitalización y repatriación.
Documento de compromiso de contratación de un seguro en las condiciones estipuladas en el art. 13.2. c)
-
Empresas privadas o público- privadas radicadas en la CAPV que cuenten con centros de trabajo, empresas participadas o empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial ubicadas en el exterior, así como empresas que cuenten con acuerdos de colaboración o contratos de prestación de servicios con empresas ubicadas en el exterior, o que se hallen en procesos de implantación en el exterior.
Escrituras de constitución de la empresa, documentación que acredite la relación de la empresa solicitante con el centro de trabajo en el exterior, o que justifique la implantación en el exterior, presentada en uno de los idiomas oficiales de la CAPV.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Estimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para presentar el recurso presencialmente deberá entregar la documentación correspondiente en los lugares de presentación señalados.
¿Contra qué actos se interpone?
Contra las resoluciones de reclamaciones económico-administrativas firmes cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
- Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
- Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
- Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
¿Ante qué órgano se interpone?
Ante el propio Tribunal Económico Administrativo de Euskadi
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
Cuando se trate de la causa 1, dentro del plazo de cuatro años siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme.
¿Qué plazo tiene el Tribunal para resolverlo?
Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario que encontrará a continuación y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.
Otros trámites
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Datos personales, rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Nota: Las entidades actúan siempre con representantes.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentos a un procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación que considere necesaria en los lugares de presentación señalados.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.