Convocatoria 2017 de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el desarrollo de una idea empresarial
[APE_2017_ideas]
- Entidad:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Establecer las bases reguladoras de las ayudas a conceder en 2017 a las personas potencialmente emprendedoras para su dedicación en exclusiva a la generación, análisis y estructuración de una idea empresarial en el marco de proyectos locales de emprendizaje. (AYUDAS AL DESARROLLO DE UNA IDEA EMPRESARIAL).
Dotación presupuestaria
469.258 eurosPrestación económica
- Las personas promotoras: La cuantía máxima de la ayuda para el desarrollo de su idea empresarial será de 1.000 euros por persona promotora. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15 % adicional en el caso de ser mujer.
- Las Entidades Colaboradoras percibirán una subvención de 300 euros por cada persona promotora atendida que cumpla los requisitos establecidos y a quien le sea concedida subvención.
371.406 € para las ayudas a las personas emprendedoras
- 207.988 euros se destinarán a las ayudas para jóvenes que sean mayores de 18 años y menores de 30 años de edad.
- 163.418 euros se destinarán a las ayudas para las personas que tengan una edad igual o superior a 30 años.
97.852 € para la financiación de la selección y acompañamiento por parte de las entidades colaboradoras
ENTIDADES COLABORADORAS
Terminado el plazo de presentación de solicitudes para estas Entidades, se estudiarán en su conjunto y se procederá a autorizar como entidades colaboradoras a todas aquellas que reúnan los requisitos previstos, determinando el número y tipología de las personas a atender por cada una de ellas, otorgándoles la subvención correspondiente.
El número de personas a atender por cada una de las entidades colaboradoras se determinará en función de lo propuesto por las mismas en su solicitud, hasta el límite que permita el importe de los recursos económicos destinados a esta ayuda.
En el supuesto de que tales recursos económicos no fuesen suficientes para la cobertura de las ayudas a todas las personas que las entidades colaboradoras hayan propuesto atender, se procederá a la reducción del número de personas a asesorar por cada una de las entidades colaboradoras en proporción a lo solicitado.
La autorización para actuar como entidad colaboradora para el asesoramiento de las personas promotoras en el marco de esta convocatoria, así como para la gestión y pago de las subvenciones previstas en la misma, implicará la obligación de suscribir el correspondiente Convenio de Colaboración en el que se concretarán los extremos de la misma.
Además de las actividades de selección, acompañamiento y tutorización a las personas promotoras, las entidades colaboradoras se encargarán de la gestión y pago de las subvenciones previstas y de la verificación del cumplimiento de los requisitos de los futuros promotores/as. En los quince días siguientes a la finalización de los plazos regulados en la convocatoria, las entidades colaboradoras presentarán la justificación requerida a Lanbide-SVE.
En la página web http://www.lanbide.net se dará publicidad de las entidades autorizadas como colaboradoras para la ejecución de esta convocatoria, así como el número de personas a atender por cada una de ellas.
Forma de pago:
- A las entidades colaboradoras: El abono se realizará en un único pago al iniciarse el proceso de acompañamiento.
- A los promotores: Un único pago tras la concesión de la ayuda
- Las personas promotoras: La cuantía máxima de la ayuda para el desarrollo de su idea empresarial será de 1.000 euros por persona promotora. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15 % adicional en el caso de ser mujer.
- Las Entidades Colaboradoras percibirán una subvención de 300 euros por cada persona promotora atendida que cumpla los requisitos establecidos y a quien le sea concedida subvención.
371.406 € para las ayudas a las personas emprendedoras
- 207.988 euros se destinarán a las ayudas para jóvenes que sean mayores de 18 años y menores de 30 años de edad.
- 163.418 euros se destinarán a las ayudas para las personas que tengan una edad igual o superior a 30 años.
97.852 € para la financiación de la selección y acompañamiento por parte de las entidades colaboradoras
ENTIDADES COLABORADORAS
Terminado el plazo de presentación de solicitudes para estas Entidades, se estudiarán en su conjunto y se procederá a autorizar como entidades colaboradoras a todas aquellas que reúnan los requisitos previstos, determinando el número y tipología de las personas a atender por cada una de ellas, otorgándoles la subvención correspondiente.
El número de personas a atender por cada una de las entidades colaboradoras se determinará en función de lo propuesto por las mismas en su solicitud, hasta el límite que permita el importe de los recursos económicos destinados a esta ayuda.
En el supuesto de que tales recursos económicos no fuesen suficientes para la cobertura de las ayudas a todas las personas que las entidades colaboradoras hayan propuesto atender, se procederá a la reducción del número de personas a asesorar por cada una de las entidades colaboradoras en proporción a lo solicitado.
La autorización para actuar como entidad colaboradora para el asesoramiento de las personas promotoras en el marco de esta convocatoria, así como para la gestión y pago de las subvenciones previstas en la misma, implicará la obligación de suscribir el correspondiente Convenio de Colaboración en el que se concretarán los extremos de la misma.
Además de las actividades de selección, acompañamiento y tutorización a las personas promotoras, las entidades colaboradoras se encargarán de la gestión y pago de las subvenciones previstas y de la verificación del cumplimiento de los requisitos de los futuros promotores/as. En los quince días siguientes a la finalización de los plazos regulados en la convocatoria, las entidades colaboradoras presentarán la justificación requerida a Lanbide-SVE.
En la página web http://www.lanbide.net se dará publicidad de las entidades autorizadas como colaboradoras para la ejecución de esta convocatoria, así como el número de personas a atender por cada una de ellas.
- A las entidades colaboradoras: El abono se realizará en un único pago al iniciarse el proceso de acompañamiento.
- A los promotores: Un único pago tras la concesión de la ayuda
A quién va dirigido
Personas físicas
Personas emprendedoras que contando con una idea de negocio, en cualquier rama de actividad, deseen analizarla y desarrollarla, en régimen de dedicación exclusiva, bajo la supervisión-tutorización de una entidad colaboradora, previamente autorizada por Lanbide-SVE para estas labores.
Requisitos:
-
Estar empadronada y tener residencia efectiva en la CAPV.
Fotocopia DNI y Certificado de empadronamiento o autorización para verificar electrónicamente estos datos.
- Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-SVE
-
Estar incluido en un proceso de asesoramiento de alguna de las entidades colaboradoras autorizadas.
Certificado de la entidad colaboradora
- Contar con una idea para el desarrollo de un proyecto de empresa o de negocio en cualquier rama de actividad.
- No haberse encontrado de alta en el IAE, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con anterioridad.
- Dedicarse en exclusiva al análisis y desarrollo de su idea empresarial.
- Asistir a todas las actuaciones de asesoramiento y apoyo para la generación y desarrollo de la idea empresarial, definidas por las entidades colaboradoras participantes en la gestión de esta convocatoria.
- No recibir ninguna otra ayuda para el mismo fin
- No haber sido beneficiaria de ninguna de las ayudas contempladas en las convocatorias de apoyo a personas emprendedoras realizadas por Lanbide-SVE en convocatorias anteriores.
Entidades colaboradoras de Lanbide
Requisitos:
- Haber participado en las convocatorias de ayudas a la elaboración y ejecución de los Planes Comarcales de Empleo, reguladas por la Orden de 9/5/12 -BOPV 23/5/12-, y por el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de 26/7/12, publicado mediante Resolución del Director General de Lanbide en el BOPV de 29 de agosto
- Experiencia de 2 años en tareas de acompañamiento a personas emprendedoras.
- Contar con personal propio adecuado y suficiente para acompañar a las personas promotoras
Requisitos generales
-
Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social, se verificará automáticamente, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces certificados actualizados que acrediten esta condición.
- No estar incursa en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con inclusión de las sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
- No hallarse incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgada por la Administración General de la CAE o sus organismos autónomos
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Información de contacto
Correo electrónico: personas.emprendedoras@lanbide.eus
Servicio Fomento de Empleo: 945-062.413
Código
10060Solicitud y aportación de documentación
Los impresos son autoeditables y se pueden cumplimentar antes de imprimir
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Adjunta al Anexo III (Personas emprendedoras):
a) Fotocopia DNI y Certificado de empadronamiento o autorización para verificar electrónicamente estos datos.
b) Certificado de la entidad colaboradora que acredite la participación en el programa de acompañamiento y/o tutorización, donde consten las actuaciones previstas en el plan de acompañamiento y/o tutorización.
-
Adjunta al Anexo I (Entidades Colaboradoras):
a) Proyecto de emprendizaje donde consten: las actuaciones a desarrollar con las personas promotoras durante el proceso de asesoramiento y apoyo; así como número de personas que se prevea atender, discriminadas por actuación, edad y sexo. En todo caso, en el proyecto se ha de prever la atención a un 40% de mujeres emprendedoras.
b) Certificado de la entidad solicitante relativo a la capacidad técnica y material para realizar las labores de acompañamiento, que acredite la experiencia y relacione el personal que llevará a cabo la actividad.
c) Descripción del proceso de selección de las personas promotoras
-
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social, se verificará automáticamente, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces certificados actualizados que acrediten esta condición.
- No estar incursa en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con inclusión de las sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
- No hallarse incursa en procedimiento alguno de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgada por la Administración General de la CAE o sus organismos autónomos
-
Estar empadronada y tener residencia efectiva en la CAPV.
Fotocopia DNI y Certificado de empadronamiento o autorización para verificar electrónicamente estos datos.
- Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-SVE
-
Estar incluido en un proceso de asesoramiento de alguna de las entidades colaboradoras autorizadas.
Certificado de la entidad colaboradora
- Contar con una idea para el desarrollo de un proyecto de empresa o de negocio en cualquier rama de actividad.
- No haberse encontrado de alta en el IAE, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con anterioridad.
- Dedicarse en exclusiva al análisis y desarrollo de su idea empresarial.
- Asistir a todas las actuaciones de asesoramiento y apoyo para la generación y desarrollo de la idea empresarial, definidas por las entidades colaboradoras participantes en la gestión de esta convocatoria.
- No recibir ninguna otra ayuda para el mismo fin
- No haber sido beneficiaria de ninguna de las ayudas contempladas en las convocatorias de apoyo a personas emprendedoras realizadas por Lanbide-SVE en convocatorias anteriores.
- Haber participado en las convocatorias de ayudas a la elaboración y ejecución de los Planes Comarcales de Empleo, reguladas por la Orden de 9/5/12 -BOPV 23/5/12-, y por el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de 26/7/12, publicado mediante Resolución del Director General de Lanbide en el BOPV de 29 de agosto
- Experiencia de 2 años en tareas de acompañamiento a personas emprendedoras.
- Contar con personal propio adecuado y suficiente para acompañar a las personas promotoras
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mis Gestiones.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde la presentación de la solicitud
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Estimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
-
Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.
Otros trámites
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación que considere necesaria en los lugares de presentación señalados.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Datos personales, rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Nota: Las entidades actúan siempre con representantes.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentos a un procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
No se requiere documentación para este trámite.
Solicitudes para actuar como Entidad Colaboradora:
- Lanbide Euskal Enplegu Zerbitzuaren Zerbitzu Zentralak / Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Dirección José Atxotegi 1. 01009 Vitoria-Gasteiz
- Lanbideko enpleguko lurralde-bulegoak / Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- Herri Administrazioen Araubide Juridikoaren eta Administrazio Prozedura Erkidearen Legeko 38.4 artiluluan aurreikusita dagoen bitartekoren bat erabiliz / En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Solicitudes de promotores.- Se presentan exclusivamente en las Entidades Colaboradoras autorizadas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas