Ayudas a proyectos de investigación en salud 2016

[proyectos_investigacion]

Descripción


Objeto

Ayudas económicas a proyectos de investigación en salud cuyo desarrollo se inicie durante el año 2016 de acuerdo con los principios de objetividad, concurrencia competitiva y publicidad.

Dotación presupuestaria

1.200.000 euros
Prestación económica

1.- En los proyectos de un año de duración.

El 80% del importe de la ayuda concedida se transferirá a los beneficiarios, con carácter inmediato, una vez recibidos los Documentos a los que se refiere el artículo 14.5. El 20% restante a la entrega de la memoria científica semestral (anexo VI) al que se hace referencia en el punto 1.a).1 del artículo 17.

2.- En los proyectos de más de un año de duración.

2.1.- El importe de la ayuda concedida correspondiente a la primera anualidad se librará con carácter inmediato a los beneficiarios, una vez recibidos los Documentos a que se refiere el artículo 14.5 debidamente cumplimentados.

2.2.- El abono de cada una de las restantes anualidades se hará tras la aprobación por la Dirección de Investigación e Innovación Sanitaria de la memoria científica junto a la justificación documental (anexo VI) de los gastos generados por el proyecto, que el centro beneficiario remitirá anualmente, a dicha Dirección.

Forma de pago:

Según marca el artículo 16 de la orden de convocatoria.

A quién va dirigido


  • Centros públicos y privados de I+D sitos en la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • Requisitos

    • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

    • Los centros solicitantes deberán estar durante la vigencia de la subvención al corriente o exentos de sus obligaciones tributarias.
    • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Salud > Viceconsejería de Salud

    Organismo que resuelve

    • Salud > Viceconsejería de Salud

    Información de contacto


    Dirección de Investigación e Innovación Sanitaria del Departamento de Salud

    Teléfono: 945 019193

    Email: investigacion-san@euskadi.eus

     

    Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

    Código

    0104701

    Solicitud y aportación de documentación


    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    6 meses desde el día siguiente de la publicación en el BOPV de la Convocatoria

    Tipo de concesión de la ayuda

    Concursal

    Efectos del silencio

    Desestimatorios

    Dictada resolución