Autorización complementaria de circulación para tren turístico

Descripción


Autorización complementaria de circulación para tren turístico

Los trenes turísticos para circular por las vías públicas deberán obtener una autorización complementaria de circulación (ACC) del órgano competente en materia de Tráfico (artículo 28.6 del Reglamento General de Vehículos).

El tren turístico es un vehículo especial constituido por un vehículo tractor y uno o varios vagones (remolques), concebido y construido para el transporte de personas con fines turísticos, sometido, además, a las limitaciones que la autoridad competente le imponga sobre condiciones de circulación y velocidad máxima. Por construcción, estos vehículos ya tienen limitada su velocidad máxima a 25 km/h y no tienen instalados cinturones de seguridad.

Una ACC es necesaria con independencia de la matriculación de cada elemento del mismo como vehículo especial o su matriculación como una unidad. En este último caso la matriculación es independiente del número de vagones y se expide un único permiso de circulación, para todo el conjunto que, además, tiene una única tarjeta de inspección técnica con la información de todos los remolques que lo conforman.

El procedimiento para obtener una ACC se iniciará mediante solicitud del que va a ser titular de la autorización o su representante, y se seguirán los trámites requeridos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015, de 1 de octubre) y de acuerdo con las instrucciones publicadas por la Dirección de Tráfico.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas privadas.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Tráfico

Organismo que resuelve

  • Seguridad > Viceconsejería de Protección Civil > Oficinas Territoriales de Tráfico

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Autorización para tren turístico: 0075806

Solicitud y aportación de documentación


Antes de comenzar con la solicitud:

Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:

  1. Rellene el formulario de la solicitud.  Instrucciones.docx (DOCX, 20 KB)
  2. Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente. Documentación (DOCX, 14 KB)
  3. Firme la solicitud.
  4. Envíe la solicitud y los documentos.

A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).

Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.

Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:

  1. Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados. 
  2. Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados. Instrucciones (DOCX) y Documentación

Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:

  • La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
  • Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud. 

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