Atención a la ciudadanía
En este ámbito podemos centrar los puntos de interés en los siguientes asuntos:
Derechos de la ciudadanía
Desde los Derechos de la ciudadanía (artículo 7 del Decreto 91/2023, de 20 de junio), podemos resaltar como especialmente relevantes y novedosos estos derechos:
- A comunicarse con la Administración Pública a través de un Punto de acceso general electrónico.
- A formularios, instancias y solicitudes sencillos, diseñados con criterios de lenguaje claro.
- Se velará especialmente por la utilización de versiones de lectura fácil en aquellos contenidos o servicios dirigidos a colectivos con dificultades cognitivas, personas mayores y personas inmigrantes.
Sistema Integral de la Atención a la Ciudadanía
Desde el punto de vista del funcionamiento, es importante resaltar la creación del Sistema Integral de la Atención a la Ciudadanía, que está compuesto por los siguientes elementos:
- Zuzenean y las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros.
- El resto de los órganos administrativos en su responsabilidad de atención especializada.
- El modelo de presencia en Internet.
- El sistema de gestión de cita previa y esperas de las oficinas de atención presencial.
- El sistema de telecomunicaciones de soporte al canal telefónico corporativo 012, al Buzón Electrónico General y la mensajería instantánea a dispositivos móviles, los espacios públicos de autoservicio.
- El Catálogo Corporativo de Servicios y Procedimientos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Administración institucional.
- El Registro de Personal Funcionario Habilitado y el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- El Registro Electrónico General.
- El Centro de Atención a las Personas Usuarias de los Servicios Electrónicos en el área dirigida a la ciudadanía.
- El Buzón Electrónico General.
- Los sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión de la atención a la ciudadanía en general y el Sistema Corporativo de Quejas y Sugerencias en particular.
- El resto de sistemas y soluciones tecnológicas disponibles para la ciudadanía de las infraestructuras y los servicios comunes de Administración electrónica.
Todos los componentes, aplicaciones y elementos del Sistema Integral de atención a la ciudadanía deben estar identificados siempre con alguna de estas dos marcas: “euskadi.eus” (imagen de presencia en internet y la sede electrónica) “Zuzenean” como imagen y marca del Servicio de Atención a la Ciudadanía.
Obligación de uso del canal electrónico
Para las personas físicas obligadas a relacionarse por el canal electrónico (empresarias individuales o autónomas, estudiantado, investigadoras, participantes en procesos selectivos de la administración, integrantes de las bolsas de trabajo, y las que determinen las normas que regulen el procedimiento) hay que tener en cuenta que el uso de otro canal conllevará la aplicación del régimen de subsanación del artículo 14 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector públicos por medios electrónicos.
Formas de acceso a la información
Hay que distinguir cuatro modos de acceso a la información a petición de la ciudadanía, que conllevan responsables y formas de gestión bien distintas:
La publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública, que es un procedimiento administrativo que ha de instruirse conforme a lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de enero de 2015, por el que se aprueban las medidas de funcionamiento en la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de acceso a la información pública, publicidad activa y en relación con el avance en la cultura de la transparencia y el buen gobierno: Gardena, Portal de transparencia del Gobierno Vasco.
La información administrativa general, en relación con la organización administrativa y el ámbito competencial, los servicios públicos y procedimientos administrativos… a proporcionar por el Servicio Zuzenean a través del canal presencial, electrónico y telefónico.
La información administrativa especializada que requiere de la atención de personal especialmente cualificado y que se suministrará por los diferentes órganos administrativos, a través de los canales presencial, electrónico y telefónico.
La información administrativa particular, que está sujeta a lo establecido en las normas que posibilitan el ejercicio de derechos reconocidos e intereses legítimos, en procedimientos en tramitación o finalizados. Resulta aquí de aplicación la regulación del procedimiento administrativo común (procesos en tramitación), y del derecho de acceso a la información pública (procesos terminados), con los límites establecidos en sus normas.