- Objeto del contrato
-
Suministro de antiespumante a la EDAR de Galindo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia (CABB)
- Fecha de la primera publicación
- 28/05/2025 10:31
- Fecha de la última publicación
- 26/12/2025 09:25
- Expediente
- 3164
- Tipo de contrato
- Suministros
- Estado de la tramitación
- Formalizado / En ejecución
- Presupuesto del contrato sin IVA
- 92.400
- Poder adjudicador
- Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
- Entidad impulsora
-
P4800005C - Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
- Dirección web de Licitación electrónica
- https://contratacion.consorciodeaguas.eus/site/3
- Introducción
- Organismos
- Objeto Contrato
- Datos Económicos
- Ficheros
- Lotes
- Tablón Anuncios
- Gestión Ofertas
- Resolución
- Contrato
- Publicaciones
- Recurso
- Histórico
Suministro de antiespumante a la EDAR de Galindo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia (CABB)
3164
Acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos de la contratación
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Edificio Albia I, 4. San Vicente, 8. 48001 Bilbao (Bizkaia)
P4800005C - Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Edificio Albia I, 4.San Vicente, 8 48001 Bilbao(Bizkaia)
Gerente
Medio ambiente
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Contacto Administrativo
Subdirección de Contratación
Edificio Albia I, 4.San Vicente, 848001 Bilbao(Bizkaia)
Contacto Técnico
Subdirección de Desarrollo de Iniciativas, Estrategia y Explotación de Saneamiento
Edificio Albia I, 4.San Vicente, 848001 Bilbao(Bizkaia)
Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
https://www.contratacion.euskadi.eus/
Un (1) año.
Volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez la anualidad media del contrato. (92.400,00 euros).
1. Será requisito indispensable para poder presentarse a la presente licitación demostrar experiencia en ejecución de servicios de idéntica naturaleza. Para ello, deberán presentarse certificados de ejecución que cumplan las siguientes características: a. Importe mínimo: deberá justificarse experiencia en contratos entre los años (2020-2024), para el importe mínimo del 70% del valor estimado de contrato. b. Para la justificación del importe mínimo anteriormente referido, podrán presentarse un máximo de tres certificados diferentes, cuyos importes agregados deberán superar el mínimo indicado en un año de periodo. c. Se entenderá que los contratos plurianuales han sido ejecutados de manera uniforme a lo largo del periodo de duración del contrato, salvo acreditación expresa de lo contrario. d. Cada certificado deberá identificar claramente la persona y organismo que lo emite, con sello y firma. 2. Descripción de las instalaciones técnicas en relación a los procesos de fabricación, acreditando la titularidad del fabricante, sus centros productivos, su capacidad de producción y sus depósitos de almacenamiento, su transporte hasta el punto de entrega así como las medidas empleadas para garantizar la calidad de los productos. Carta de compromiso con el fabricante del producto durante la totalidad del tiempo de ejecución del contrato. 3. Para acreditar que el producto es efectivo para la eliminación de espumas en el efluente final de la EDAR de Galindo, sin alterar la calidad de éste ni producir otras alteraciones en el cauce (olores, manchas visibles en el río…), se deberá demostrar su eficacia en una prueba industrial en la EDAR de Galindo, en las condiciones que se indican en el PPTP. 4. Documentación técnica de los productos objeto de suministro según se indica en el apartado 2 del PPTP, incluyendo las especificaciones técnicas, en las que se señalen los valores de los parámetros que garantiza, que deberán cumplir con lo establecido en el apartado 2.1 del PPTP. Toda esta información tendrá carácter contractual y las ofertas que no incluyan la totalidad de especificaciones definidas en el PPTP serán excluidas de la licitación. Se deberá adjuntar ejemplo de los certificados de análisis y certificados de conformidad de especificaciones que acompañarán a cada lote de producto suministrado. Asimismo, se deberá indicar las condiciones de almacenamiento del producto ofertado y requerimientos de agitación o de recirculación, si fuera necesario. 5. Documentación acreditativa del sistema de aseguramiento de la calidad de fabricante en vigor y del distribuidor si fuera otra empresa. 6. Hojas de seguridad de los productos, información toxicológica. Documentación acreditativa de cumplimiento del Reglamento REACH. 7. Boletín de análisis del fabricante conteniendo los valores de los parámetros exigidos en las especificaciones, incluyendo la exención de alquil fenoles etoxilados (APEOS) y de las sustancias prioritarias definidas en el Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre. 8. Documentación acreditativa de disponibilidad de laboratorio (propio o externo) y plazos para la obtención de resultados. ¿ Solvencia técnica empresas de nueva creación: No se considerará la experiencia solicitada en la solvencia para estos supuestos. Sí, el resto de las exigencias.
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