Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

De la DIT a la DTIC, nueva Dirección de Tecnologías de la información y la Comunicación del Gobierno Vasco

Fecha de publicación: 

Una de las principales novedades que aporta el Decreto 36/2020 es el cambio de denominación y nueva regulación de funciones que han afectado a la antigua Dirección de Informática y Telecomunicaciones (DIT). La nueva Dirección que forma parte de la nueva estructura definida en el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, toma como nueva denominación la de «Dirección de Tecnologías de la Información y la Comunicación» del Gobierno Vasco (DTIC).

Sus funciones más significativas son las siguientes:

  • Asistencia y apoyo a la Comisión Estratégica TIC.
  • Elaborar la proposición de Plan Estratégico TIC (PETIC) que deba ser remitida al Consejo de Gobierno.
  • Recabar las necesidades y expectativas de las diferentes partes interesadas, así como las cuestiones internas y externas pertinentes para la planificación estratégica TIC y realizar su seguimiento y evaluación continuos, realizando el análisis de los riesgos y oportunidades que es necesario abordar para asegurar el logro y mejora continua.
  • Recabar de los diferentes departamentos y entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi la relación de servicios TIC utilizados para su clasificación según su oportunidad de convergencia.
  • Aprobar un acuerdo de estandarización de bienes y servicios TIC que responda a las necesidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, identificando las condiciones técnicas uniformes y racionalizando la inversión en infraestructuras tecnológicas y servicios.
  • Definir y aprobar la estrategia en cuanto a almacenamiento, gestión, valorización y utilización de los datos.
  • Proponer al Consejo de Gobierno el Acuerdo por el que se aprueba el Encargo para la gestión y prestación unificada de los servicios TIC recurrentes, así como sus contraprestaciones económicas; y gestionar los programas presupuestarios multidepartamentales que se hayan previsto, así como el seguimiento y control de los niveles de servicio requeridos.
  • Suscribir los encargos a celebrar con los medios propios personificados de las entidades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cualquier otro servicio TIC de interés estratégico y prioritario de informatización y digitalización de los servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de acuerdo al Plan Estratégico TIC (PETIC).