Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Acceso a la Fase de Autonomía del Sistema Acogida de Protección Internacional del Gobierno Vasco

Desde el 1 de enero de 2025, el Gobierno Vasco ha asumido la competencia de la gestión de la Fase de Autonomía de Asilo en los términos previstos en el Decreto 42/2024, de 16 de abril, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco de ampliación de los servicios del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco por el Real Decreto 2768/1980, de 26 de septiembre, en materia de sanidad, servicios y asistencia sociales.  

La fase de autonomía del Sistema de Protección Internacional del Gobierno Vasco tiene como objetivo asegurar una plena inclusión en la sociedad de las personas reconocidas como refugiadas, reasentadas o apátridas.

Los requisitos para el acceso a la presente solicitud serán los siguientes: 

  1. Haber sido personas usuarias del sistema de acogida de protección internacional y temporal (SAPIT).
  2. Tener reconocida la condición de protección internacional (refugio, reasentamiento o apatridia).
  3. Disponer de un recurso habitacional ajeno a los centros de acogida del SAPIT.
  4. Haber solicitado todas las prestaciones públicas a las que pudieran tener derecho (RGI, IMV, etc.).

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