Ayudas para la dinamización de Planes de Empleo Comarcales.
[lanbide_planes_de_empleo_comarcales]
Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Elaboración de Planes de Empleo Comarcales en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco
A los efectos de esta convocatoria, un Plan de Empleo Comarcal es un proyecto construido,compartido y elaborado con el mayor grado de consenso posible por las instituciones y entidades de ámbito local, agentes sociales, empresas y otras entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que colaboren con el desarrollo económico y social de una comarca o de alguno o algunos de los municipios que la forman, del que se derivarán acciones concretas y programas especiales que persigan el impulso y el desarrollo local del empleo, superando los desequilibrios generados por los cambios en el mercado de trabajo.
El Plan de Empleo se compone de tres elementos principales:
a) El diagnóstico socio-económico y de mercado de trabajo de la comarca.
b) Los objetivos generales y estrategia.
c) El Plan de Acciones.
- Ayuntamientos de la CAPV
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Mancomunidades
información detallada
La mancomunidad es una asociación de municipios para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia.
Tiene personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines específicos.
Se rige por estatutos propios.
Requisitos:- Para acreditar poder suficiente de representación | Tener suficiente poder de representación
- Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Comarcas u otras entidades locales
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Para acreditar la existencia o no de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles. | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
información detallada
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, sean estas de cualquier administración o de cualquier ente, tanto público como privado.
En la solicitud se marcara la correspondiente declaración responsable.
- En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.
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Para acreditar la existencia o no de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles. | Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
información detallada
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, sean estas de cualquier administración o de cualquier ente, tanto público como privado.
En la solicitud se marcara la correspondiente declaración responsable.
- En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
- Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes - Minimis" junto con la solicitud.
- Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos | Presentar una Memoria Económica que contenga las previsiones de gastos
- Elaborar los planes de empleo en el Foro de Participación
- Presentar un Memoria Técnica del proyecto de elaboración y dinamización del Plan de Empleo Comarcal
Municipios de al menos 100.000 Habitantes: cuantía máxima por Plan de 100.000,00€.
Municipios de mas de 24.000 habitantes y menos de 100.000 habitantes: cuantía máxima de 50.000,00€
Plan de Empleo Comarcal o de ámbito territorial previsto en el apartado a) del articulo 2.3 una cuantía máxima de 75.000,00 €
En ningún caso la subvención podrá superar el 75 % del coste global de la actuación subvencionable al amparo de esta convocatoria
- Un primer pago del 50%, tras la concesión de la subvención, previa acreditación de la invitación realizada a las entidades a que hace referencia el art.3.2 para su participación en el Foro.
- Un segundo pago del 50% restante, una vez presentado el Plan de Empleo Comarcal, previa comprobación de que ha sido elaborado en los términos previstos
en el art. 5 y la acreditación de los gastos subvencionables
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
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Solicitud y aportación de documentaciónDocumentación que debe presentar
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Alta / modificación de datos de Tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.
Documentación que debe presentar
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Solicitud de Continuación (primer pago)
Tras la concesión de la subvención y previa acreditación de la invitación realizada a las entidades para su participación en el Foro.
Documentación que debe presentar
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Solicitud de Continuación (segundo pago)
El segundo pago, del 50% restante, se solicita, una vez presentado el Plan de Empleo Comarcal, previa comprobación de que el mismo ha sido elaborado en los términos previstos y la acreditación de los gastos subvencionados.
Esta acreditación se llevará a cabo mediante la presentación de facturas, recibos de salarios y documentos de cotización, modelos TC1 y TC2, correspondientes al periodo de elaboración del Plan de Empleo y/o Certificado del Secretario-Interventor acreditativo de los gastos realizados.
Este segundo pago deberá solicitarse en el plazo máximo de tres meses desde la presentación del Plan de Empleo.
Documentación que debe presentar
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Aportación de documentación
Usted puede aportar:
- Los documentos que le hayan sido requeridos por la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Documentación que debe presentar -
Desistimiento
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)
Documentación que debe presentar -
Renuncia
Usted puede renunciar a continuar con el procedimiento una vez que se haya dictado la resolución. Si renuncia, perderá los derechos que le amparan.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)
Documentación que debe presentar -
Modificación e datos de notificación /comunicación
Puede modificar sus datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
Documentación que debe presentar
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Recurso potestativo de reposición
Información sobre el recurso potestativo de reposición
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes.
- Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VI. de la revisión de los actos en vía administrativa)
Documentación que debe presentar
LANBIDE VITORIA-GASTEIZ (SS.CC) 945 181 325/26/27
LANBIDE BILBAO 944 985700
LANBIDE DONOSTIA 943 596 207/08
