Gobierno Vasco

Personal funcionario habilitado - Preguntas frecuentes

Es el personal funcionario que ofrece el servicio de hacer trámites en nombre de la persona interesada.

Las personas no obligadas a tramitar telemáticamente con el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. 

Estas  personas son las que no cumplen los criterios de personas obligadas a tramitar a través de medios electrónicos: 

1.- La Ley 39/2015 en el artículo 14. 2 regula que en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  1. Las personas jurídicas.
  2. Las entidades sin personalidad jurídica.
  3. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  4. Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  5. El personal empleado de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de personal empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración. 

2.- Además, el Decreto 91/2023 en el artículo 15.1 también obliga a relacionarse electrónicamente a:

  1. Las personas empresarias individuales o autónomas para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional.
  2. El estudiantado universitario para los trámites y actuaciones que realicen con motivo de su condición académica.
  3. Las personas investigadoras, en los procedimientos en los que actúen en su condición de tales.
  4. Las personas que participen en procesos selectivos para el acceso acuerpos o escalas funcionariales o categorías laborales deben realizar por medios electrónicos todos los trámites relacionados con el proceso selectivo, de acuerdo con lo que establezcan las convocatorias respectivas. Se adoptarán las medidas adecuadas para ayudar en la utilización de medios electrónicos, a las personas que participen en procesos selectivos para el acceso a cuerpos o escalas funcionariales o categorías laborales que lo necesiten.
  5. Las personas integrantes de las bolsas de trabajo de personal temporal en todos los trámites y gestiones relacionados con las mismas.
  6. Las personas que representen a cualquiera de las anteriormente indicadas.

Lo encontrarás en las oficinas de asistencia en materia de registros (OAMR).

Son oficinas de registro y atención a la ciudadanía.

Actualmente,  las OARM del Gobierno Vasco coinciden con las tres oficinas de Zuzenean.

El personal de las OARM te ayudará a hacer cualquier trámite gestionado por los departamentos del Gobierno Vasco, te dará información sobre el asunto que necesites, registrará la documentación que presentes y te orientará en el uso de medios electrónicos como la BakQ (abre en nueva ventana).

Tienes que pedir cita previa al igual que para cualquier otro trámite presencial.
Cuando vayas a la oficina de asistencia en materia de registros (OARM):

  1. identificate,
  2. di qué trámite quieres  hacer y
  3. firma el consentimiento para que el personal funcionario habilitado haga el trámite en tu nombre.

Es importante que lleves toda la documentación necesaria. Te recomendamos que, antes de ir a la OARM, te informes de todos los documentos que tienes que llevar.

No se realizan copias de los certificados. En caso de extraviar uno cuya caducidad aun no hubiera llegado (3 meses desde la emisión del mismo) habrá que proceder a solicitar uno nuevo.