Lehendakaritza

Gazte politika: Mecanismos de coordinación e impulso de las políticas de juventud

1.- Planificación

Los planes generales en materia de juventud

Los planes generales en materia de juventud recogen, de forma coordinada y global, las líneas de intervención y directrices que orienten la actividad de las administraciones públicas vascas en materia de juventud.

 2.- Programación

Los planes estratégicos en materia de juventud

En desarrollo de las líneas de intervención y directrices del plan general, cada institución elabora y evalúa su propio plan estratégico de legislatura.

3.- Evaluación

Diferentes tipos de evaluaciones realizadas por el Plan Joven:

    IV Plan Joven de Euskadi 2018-2021:

    III Plan Joven de Euskadi 2014-2016:

    II Plan Joven de Euskadi:

    I Plan Joven de Euskadi:

    Número de actuaciones y presupuesto programado por año

    Esta es la previsión realizada por las diferentes entidades para cada año. Los resultados de esta previsión se recogen en su Informe de seguimiento anual correspondiente.

      Programaciones y evaluaciones anuales

     4.- Órganos de coordinación

    El artículo 48 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud crea el Órgano de Coordinación Interinstitucional en materia de Juventud de Euskadi, para articular la cooperación y la coordinación entre las administraciones públicas vascas en materia de juventud, y con el fin de garantizar el impulso de la política integral de juventud.

    El artículo 49 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud crea la Comisión Interdepartamental de Juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como órgano de coordinación que garantice el desarrollo y efectiva aplicación de las actuaciones en materia de juventud de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la vez que órgano impulsor de estas.

    Mesas o comisiones sectoriales

    Las Mesas Sectoriales tienen los siguientes objetivos:

    • Promover una reflexión en cada departamento sobre la competencia y responsabilidad respecto al impulso de la emancipación juvenil.
    • Impulsar las políticas sectoriales vinculadas a la política de juventud.
    • Profundizar en los compromisos de cada departamento.
    • Establecer los recursos necesarios.
    • Impulsar la programación anual de cada departamento.
    • Aportar una evaluación desde el punto de vista de cada departamento.
    • Articular la coordinación de la política de juventud con los Planes de empleo, educación, vivienda y sociedad de la información.

    Comisión técnica interdepartamental e interinstitucional de Juventud  

    Funciones:

    • Coordinar la recogida de datos para la elaboración de la programación anual los compromisos de la correspondiente institución o departamento.
    • Coordinar la recogida de datos para la elaboración de la evaluación anual de compromisos programados.
    • Valorar y analizar el impacto, las necesidades, los problemas y la coordinación de las diferentes intervenciones en materia de juventud.
    • Diseñar aquellas acciones de divulgación, investigación, debate social, etc. a través del desarrollo de seminarios, jornadas, edición de textos, documentos, etc.

    Grupos de trabajo

    Funciones:

    El Observatorio Vasco de la Juventud

    El Observatorio Vasco de la Juventud se configura como un servicio específico con la finalidad de posibilitar el disponer de una visión global y permanente de la situación y evolución del mundo juvenil que permita evaluar el impacto y efecto de las actuaciones llevadas a cabo en Euskadi en general por las Administraciones Públicas con competencias en materia de juventud y en particular por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    Con carácter general, el Observatorio Vasco de la Juventud acomete las funciones de investigación, información, documentación, estadística, difusión, formación y asesoramiento en materia de juventud. Igualmente, promueve la capacitación del personal, garantizando una formación básica, progresiva y permanente en materia de juventud.

    Se dirige a:

    • Responsables políticos y técnicos de los Departamentos del Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y Ayuntamientos en materia de políticas relacionadas con la juventud.
    • Profesionales de entidades públicas y privadas que desarrollan su actividad con el mundo juvenil.

    Orden de 10 de diciembre de 1999, de la Consejera de Cultura, por la que se crea y determinan las funciones del Observatorio Vasco de la Juventud.

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    Fecha de última modificación: