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Consejo Asesor del Euskera: estructura y composición


Introducción | Consejos y recomendaciones

Los órganos colegiados de funcionamiento del Consejo Asesor del Euskera son:

  • El Pleno. Serán funciones del Pleno del Consejo Asesor:

a) Estudiar y analizar, a instancias del Gobierno, cuantas cuestiones se refieran a la normalización lingüística en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Proponer al Gobierno y a las instituciones correspondientes la adopción de medidas adecuadas para la mejor aplicación de las disposiciones referentes al uso del Euskera.

c) Proponer medidas que aseguren la actuación coordinada de todos los poderes públicos con competencia en materia lingüística.

d) Informar sobre el desarrollo y cumplimiento del Plan General de Promoción del Uso del Euskera.

e) Aprobar la memoria anual de actividad elaborada por la Comisión Permanente.

f) El Pleno del Consejo Asesor del Euskera incluirá en la memoria anual de actividad la evaluación del desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera.

g) Analizar las propuestas y los informes que, en su caso, pudieran formular las Comisiones Especiales.

h) Cualquier otra función que le atribuyan las leyes o los reglamentos.

  • La Comisión Permanente: Son funciones de la Comisión Permanente:

a) La tramitación ordinaria de los asuntos del Consejo Asesor del Euskera cuando no está reunido el Pleno.

b) Elaborar, para su ulterior aprobación por el Pleno, la memoria anual de actividad del Consejo Asesor.

c) Cualquier otro asunto que le sea encomendado por las Leyes, Reglamentos o por el Pleno del Consejo Asesor.

  • Comisiones Especiales. Para la realización de trabajos e informes sobre materias concretas podrán crearse Comisiones Especiales mediante acuerdo en tal sentido del Pleno del Consejo Asesor o mediante Orden del Consejero o la Consejera de Cultura.

Son funciones de las Comisiones Especiales:

a) Auxiliar al Pleno y a la Comisión Permanente en el cumplimiento de sus funciones.

b) Realizar los estudios de base que demande el Pleno del Consejo Asesor del Euskera.

c) Realizar estudios e informes que se determinen en el Acuerdo u Orden de su creación.

Éstas son las comisiones especiales creadas: Toponimia, Terminología, Desarrollo legislativo, Medios de comunicación en euskera y presencia del euskera en los medios de comunicación, Bases para la política lingüística de principios del siglo XXI, y Tecnologías de la Comunicación y de la Información.  

Comisiones Permanentes de las Comisiones Especiales. Las Comisiones Especiales del Consejo Asesor del Euskera podrán contar a su vez con Comisiones Permanentes cuyos miembros serán nombrados y nombradas por el Viceconsejero o la Viceconsejera de Política Lingüística. La comisión Especial denominada Bases para la política lingüística de principios del siglo XXI ya tiene su correspondiente Comisión Permanente

La normativa sobre la organización y el funcionamiento del Consejo Asesor del Euskera se recoge en el Decreto 176/2007.

Organización y funcionamiento

Fecha de la última modificación: 17/10/2013
Euskadi, bien común