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Inelegibilidades e incompatibilidades

Inelegibilidades e incompatibilidades Elecciones Juntas Generales 2015

A.- Inelegibilidades e incompatibilidades más importantes del sector público del Gobierno Vasco y del Parlamento Vasco

TIPO DE CARGO O EMPLEO(0) Gobierno y Parlamento Vasco Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Elegible / Inelegible
Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Compatible / Incompatible
BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Elegible / Inelegible BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Compatible / Incompatible
1. Lehendakari. Elegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG. (1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 3 Ley 1/1981, de Gobierno.
2. Consejero/a. Elegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 32.1 Ley 1/1981, de Gobierno.
3. Viceconsejero/a y  Secretario/a General. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 32.1 Ley 1/1981, de Gobierno.
4. Director/a. Delegados/as de Euskadi en el exterior. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 32.1 Ley 1/1981, de Gobierno.
5. Subdirector /a. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 32.1 Ley 1/1981, de Gobierno.
6. Delegado/a Territorial. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 32.1 Ley 1/1981, de Gobierno.
7. Cargos de libre designación en la Administración General del País Vasco o asimilados a los anteriores, nombrados por el Consejo del Gobierno Vasco. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 32.1 Ley 1/1981, de Gobierno.
8. Asesor/a, personal eventual o de confianza (2) Elegible Compatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Arts. 3 y 96 Ley Función Pública.
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Arts. 3 y 96 Ley Función Pública.
9. Personal directivo, Secretario/a General y Vocal de Organismos Autónomos dependientes del Gobierno Vasco.(*) Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
10. Personal directivo y Gerente de  Sociedades Públicas del sector público del País Vasco.(**) Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
11. Personal directivo de Entes Públicos de derecho privado del sector público del País Vasco .(***) Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
12. Personal directivo de las Fundaciones del sector público del País Vasco (pe: HAZI, F. Vasca para la Seguridad Agroalimentaria, Musikene, F. Euskadi Kirola, F. Vasca de Innovación e Investigación Sanitaria). Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
13. Personal directivo de los Consorcios (con personalidad jurídica propia) del sector público del País Vasco.(****) Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
14. Consejero/a de Consejos de Administración de sociedades públicas o entes institucionales de derecho privado del sector público del País Vasco, sin funciones directivas, decisorias y ejecutivas. Elegible Compatible

Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)

Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
(Ver STSJPV 262/1999)

15. Presidente/a, Vicepresidente/a y Vocales de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
16. Miembros del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
17. Titular de la Dirección de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV..(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
18. Ertzaina (en servicio activo o segunda actividad con o sin destino). Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
Art. 6.1 i) LOREG.
Art. 82 Ley Policía  PV.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
19. Alumnos/as de la Academia Vasca de Policía y Emergencias. Elegible Compatible Art. 82 Ley Policía  PV.
Art. 6.1 i) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
20. Titular de la Presidencia y Cargos de libre designación del Consejo Económico y Social. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 8.2 d) Ley 8/2012 del  CeyS.
21. Titular de la Presidencia, Secretario/a General, Vocal y Cargos de libre designación del Consejo de Relaciones Laborales y Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi. Elegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 7.2 d) Ley 4/2012 del CRL.
Art. 5.1 b) Decreto 213/1999 del CsdeCE.
22. Titular de la Presidencia, Secretario/a General, Vocal y Cargos de libre designación del Consejo Vasco de Servicios Sociales (antiguo Consejo Vasco de Bienestar Social).  Elegible Compatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990, Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
23. Presidente/a y Vocal del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 16.4 Ley 1/1988 del TVCP.
24. Presidente/a de la Comisión Arbitral (cargo nato del Presidente del TSJPV).  Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
25. Vocales de la Comisión Arbitral. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
26. Presidente/a, Vocales y Secretario/a de la Junta Electoral Comunidad Autónoma (JECA). Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 j) LOREG.
Art. 4.3 a) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
27. Personal al servicio de la Administración Pública del País Vasco, de sus Organismos Autónomos o Consultivos,  Sociedades Públicas, Entes Públicos de derecho privado, Fundaciones y Consorcios Públicos. Elegible Compatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1) Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
28. Personal al servicio de la Administración Parlamentaria. Elegible Compatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 8 Estatuto de Personal del PV.
29. Ararteko o Adjunto/a al Ararteko. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 a) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.

(*) Organismos Autónomos del Gobierno Vasco (p.e.: HABE, IVAP, EUSTAT, Emakunde, Osalan, Academia Vasca de Policía y Emergencias. Lanbide, Instituto Vasco de Consumo, Autoridad Vasca de la Competencia).

(**) Sociedades Públicas del sector público del País Vasco (p.e.: SPRI, Sprilur,  Ferrocarriles Vascos, Euskotrenbideak, EJIE, IHOBE, VISESA, Basquetour, Neiker, Parque Tecnológico, Osatek, ETB, EITB(Radio), Orquesta de Euskadi, Itelazpi, Alokabide, Sociedad de Hidrocarburos, Sociedad Gestión del Capital Riesgo, Euskadiko Kirol Portua).

(***) Entes Públicos de derecho privado del sector público del País Vasco (p.e.: Osakidetza, EITB, URA, Agencia Vasca de Cooperación y Desarrollo, EVE, Red Ferroviaria Vasca, Instituto  Vasco de Finanzas, Unibasq, Instituto Vasco Etxepare).

(****) Consorcios del sector público del País Vasco: (p.e.: Haurreskolak, Consorcio de Transportes de Bizkaia, Autoridad Territorial del Transporte de Gipuzkoa, Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, Consorcio Palacio Miramar, Consorcio para la Educación y Formación Ocupacional de Bizkaia, Consorcio para la Educación y Formación Ocupacional de Gipuzkoa).

B.- Inelegibilidades e incompatibilidades más importantes del sector público de la Administración Foral y Local

TIPO DE CARGO O EMPLEO Administración foral y local Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Elegible / Inelegible
Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Compatible / Incompatible
BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Elegible / Inelegible BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Compatible / Incompatible
1. Diputada/o General o Diputado/a Foral. Elegible Compatible Art. 5.1 b) Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
2. Presidente/a, Director/a General, Gerente o cualquier otro cargo de libre designación de Entes Públicos de derecho privado, Sociedades Mercantiles y Sociedades Públicas de la Administración Foral(*) y de los Organismos Autónomos Forales.(**) Inelegible Incompatible Art. 5.1 b) Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
3. Director/a General o función asimilada en la Administración Foral de los tres Territorios Históricos. Inelegible Incompatible Art. 5.1 b) Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
4. Vocal de Organismos Autónomos o Sociedades Públicas de la Administración Foral. Inelegible Incompatible Art. 5.1 b) Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
5. Presidentes/as Ejecutivos, Directores/as Generales de las Cajas de Ahorros Provinciales que actúen en el Territorio  Histórico. Inelegible Incompatible Art. 5.1 b) Ley 1/1987 Elecciones JJGG Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG
6. Secretario/a o Interventor/a Ayuntamientos CAPV (3). Elegible Compatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
7. Director/a de Área o Servicio, funcionarios/as o resto de personal al  servicio del Ayuntamiento así como de las entidades o establecimientos dependientes de dicho Ayuntamiento. Elegible Compatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
8. Juez/a de Paz o Fiscal/a de Paz en activo. Inelegible Incompatible Art. 5.1  c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
9. Policía Local en activo o en reserva activa o en segunda actividad con o sin destino. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 i) LOREG.
Art. 82 Ley Policía Vasca.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
10. Secretario/a de Juzgado de Paz. Elegible Compatible Art. 5.1  c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 Elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.

(*) Sociedades Públicas Forales: DF Álava (p.e.: Arabako Lanak, Álava Agencia de Desarrollo, Arabat-Vías de Álava, Centro de Cálculo de Álava) / DF Bizkaia (p.e.: Lantik, Garbiker, Azpiegitura, Interbiak, Aparkabisa, Beaz) y DF Gipuzkoa (p.e.: Bidegi, Etorlur, Itten, Izfe-Sociedad Foral de Servicios Informáticos S.A.).

(**) Organismos Autónomos Forales: DF Álava (p.e.: Instituto Foral de Bienestar Social, Instituto Foral de la Juventud) /  DF Bizkaia (p.e.: Instituto Foral  de Asistencia Social de Bizkaia) y DF Gipuzkoa (p.e.: Uliazpi Fundazioa y Kabia).

C.- Inelegibilidades e incompatibilidades más importantes del Sector Público Estatal

TIPO DE CARGO O EMPLEO Estatal Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Elegible / Inelegible
Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Compatible / Incompatible
BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Elegible / Inelegible BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Compatible / Incompatible
1. Presidente/a del Gobierno, Ministro/a o Secretario/a de Estado o cualquier otro cargo de libre designación de la Administración Central. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
2. Presidente/a, Director/a General, Secretario/a General o cualquier otro cargo de libre designación, asimilados a éstos en entidades de Dº  público, en organismos autónomos, en entes de Dº privado o , Sociedades Públicas estatales o con participación estatal directa o indirecta. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
3. Jefes/as de Emisión Acreditados con carácter de residentes ante un estado extranjero u organismo internacional. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
4. Gobernador/a y Subgobernador/a del Banco de España. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
5. Presidentes/as y Directores/as del Instituto del Crédito Oficial y demás Entidades oficiales de crédito. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
6. Presidente/a, Consejeros/as, Secretario/a General del Consejo General de Seguridad Nuclear. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
7. Presidente/a o Magistrado/a del Tribunal Constitucional, Presidente/a o Consejero/a del Consejo de Estado, del Tribunal de Cuentas del Estado o Presidente/a del Consejo Económico y Social. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1) Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1) Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
8. Presidentes/as, Vocales y Secretarios/as de la Junta Electoral Central, de las Provinciales y de las de Zona. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 j) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
9. Presidente/a o Vocal del Consejo General del Poder Judicial, Juez/a Magistrado/a o Fiscal/a en activo. Fiscal/a General del Estado. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
10. Militar en activo o en reserva activa. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 i) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
11. Miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en activo o en reserva activa o en segunda actividad con o sin destino. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1.i) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
12. Defensor/a del Pueblo y sus Adjuntos/as. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
13. Delegados/as y  Subdelegados/as del Gobierno. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
14. Director/a y Delegados/as Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
15. Secretarios/as Generales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
16. Delegados/as Territoriales de la Corporación RTVE y Directores/as de los Entes de Radiotelevisión dependientes de la CAPV. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
17. Presidentes/as y Directores/as de los órganos periféricos de la Entidades Gestoras de la Seguridad Social. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
18. Presidente/a, Director/a y cargo asimilado de Entidades Autónomas de competencia territorial limitada. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG
19. Presidentes/as y Directores/as Generales de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social con competencia en todo el territorio nacional. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
20. Presidente/a de la Corporación de RTVE y de las Sociedades que la integran. Inelegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
21. Presidente/a o Vocal de la Autoridad Portuaria de Bilbao o de la de Pasaia.  Elegible Incompatible Art. 5.1 c) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.(1)
Art. 4.3 b) Ley 5/1990 elecciones PV.(1)
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Dictamen de JJGG de Gipuzkoa 07-10-2009.
22. Director/a de Juntas de Obras del Puerto de Bilbao o de la de Pasaia. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.3 b) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
23. Director/a en funciones de Juntas de Obras del Puerto de Bilbao o de la de Pasaia. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.3 b) LOREG.
Acuerdo JEC 05-05-1987
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
24. Vocales de las Comisiones Mixtas de Transferencias y Valoraciones designados por el Gobierno del Estado y los de las Comunidades Autónomas. Elegible Compatible Acuerdo Junta Electoral Central 12-05-1986. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
25. Presidentes/as de las Cámaras de Comercio Provinciales del Estado. Elegible Compatible Sentencia Audiencia Territorial de Barcelona
28-04-1977.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
26. Oficiales y Agentes de la Administración de Justicia. Elegible Compatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1  h) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
27. Quien ejerza la función de mayor nivel de cada Ministerio en las distintas demarcaciones territoriales de ámbito inferior al estatal. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.3 a) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
28. Miembros del Consejo de Administración de los Entes Públicos de Radio y TV. Elegible Compatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.1 LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
29. Consejero/a y titulares Direcciones Generales de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Elegible Incompatible Arts. 22 y 25 Ley 3/2013, de creación de la CNMC. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
30. Consejero/a de Consejos de Administración de entidades de derecho público, en organismos autónomos, en entes públicos de derecho privado o sociedades públicas estatales con participación estatal, directa o indirecta, sin funciones directivas, decisorias y ejecutivas. Elegible Compatible

Art. 5.1 c) Ley 1/1987, Elecciones JJGG.(1)

Art. 5.2 Ley 1/1987, Elecciones JJGG.
(Ver STSJPV 262/1999)

D.- Inelegibilidades e incompatibilidades más importantes de los cargos electorales y del ámbito penal

TIPO DE CARGO O EMPLEO Ámbito Penal Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Elegible / Inelegible
Condición MIEMBRO JUNTAS GENERALES
Compatible / Incompatible
BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Elegible / Inelegible BASE LEGAL / JURISPRUDENCIA / DOCTRINA Compatible / Incompatible
1. Parlamentario/a Europeo. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG..
2. Diputado/a al Congreso. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
3. Senador/a. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
4. Parlamentario/a Vasco. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
5. Senador/a Autonómico. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
6. Parlamentario/a Autonómico de otra C.A. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
7. Alcalde/sa, Teniente Alcalde/sa, Concejal /a. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
8. Alcalde/sa Pedáneo/a o Vocal de Junta Vecinal de Entidades Locales Menores. Elegible Compatible Art. 5.1 Ley 1/1987 Elecciones JJGG. Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
9. Condenados/as por sentencia firme a pena privativa de libertad en el periodo que dure la pena. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.2 a) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
10. Condenados/as por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión o terrorismo cuando en dicha sentencia se fija la pena de inhabilitación para ser elegido o la inhabilitación absoluta o especial o la suspensión de empleo o cargo público. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.2 b) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
11. Condenados/as por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la Administración Pública cuando en dicha sentencia se fija la pena de inhabilitación para ser elegido o la inhabilitación absoluta o especial o la suspensión de empleo o cargo público (p.e.: condenados/as por corrupción). Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.2 b) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
12. Condenados/as por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra las Instituciones del Estado cuando en dicha sentencia se fija la pena de inhabilitación para ser elegido o la inhabilitación absoluta o especial o la suspensión de empleo o cargo público. Inelegible Incompatible Art. 5.1 a) Ley 1/1987 Elecciones JJGG.
Art. 6.2 b) LOREG.
Art. 5.2 Ley 1/1987 Elecciones JJGG.

NOTAS:

  • (0) Cargos Públicos  de la Administración del País Vasco, según el catálogo de cargos publicado por Decreto 39/2015, de 31 de marzo, (BOPV nº 64 de 8 de abril).
  • (1) La cita del art. 5.1 c) de la Ley 1/1987 al art. 5 a) y b) de la Ley 28/1983 de elecciones al Parlamento Vasco, derogada a su vez por la Ley 5/1990 de elecciones autonómicas vascas, ha de entenderse no de forma estática sino dinámica referida al art. 4 de la Ley 5/1990, tal y como lo afirma la STSJPV 262/1999, de 24 de marzo.
  • (2) El cargo de Asesor/a se considera personal eventual y no cargo de libre designación, según arts. 3 c) y 96 de la Ley de Función Pública Vasca y art. 12 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • (3) Los Secretarios/as de los Ayuntamientos al ser candidatos/as quedan imposibilitados/as para actuar como Delegados/as de las Juntas Electorales de Zona [(art. 11.4 LOREG) (Ac. JEC 95-05-1977).

ABREVIATURAS:

  • Azpiegitura: Sociedad Foral de Obras Públicas, Infraestructuras y equipamientos.
  • Bidegi: Sociedad Foral para la explotación de la infraestructura viaria de Bizkaia.
  • CA: Comunidad Autónoma
  • CAPV: Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • CCASA: Informática de la Diputación Foral de Araba-Alava.
  • CEyS: Consejo Económico y Social.
  • CNMC: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
  • CRL: Consejo de Relaciones Laborales.
  • CSdeCE: Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi.
  • : Derecho
  • DF: Diputación Foral.
  • EITB: Radio y Televisión Vasca.
  • EJIE: Sociedad Informática del Gobierno Vasco.
  • Emakunde: Instituto de la Mujer.
  • Etorlur: Sociedad Foral para la Gestión del Suelo Rural Industrial.
  • EUSTAT: Instituto de Estadística Vasco.
  • EVE: Ente Vasco de la Energía.
  • FCNIE: Fundación Centro Nacional de Investigación y Envejecimiento.
  • Garbiker: Empresa foral para la gestión del Medio Ambiente.
  • HABE: Instituto de Alfabetización y reeuskaldunización de Adultos.
  • HASI: Corporación del G.V. para el desarrollo del medio rural y marítimo.
  • IHOBE: Sociedad Pública de Gestión Ambiental.
  • INEM: Instituto Nacional de Empleo.
  • Interbiak: Sociedad Foral para gestionar los ejes viarios de Bizkaia.
  • IVAP: Instituto Vasco de Administración Pública.
  • IZFE: Informática de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • JJGG: Juntas Generales.
  • Kabia: Informática de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Lantik: Informática de la Diputación Foral de Bizkaia.
  • LOREG: Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
  • Osalan: Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral.
  • PV: Parlamento Vasco.
  • RTVE: Radio Televisión Española.
  • SPRI: Sociedad para la Promoción Industrial.
  • STC: Sentencia del Tribunal Constitucional.
  • TSJPV: Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
  • TV: Televisión.
  • TVCP: Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Vivienda y Suelo de Euskadi S.A.
  • Visesa: Vivienda y Suelo de Euskadi S.A.

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