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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 241, lunes 17 de diciembre de 2018


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OTRAS DISPOSICIONES

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
6148

RESOLUCIÓN 1253/2018, de 30 de noviembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, participantes en la convocatoria publicada por Resolución 1931/2011, de 29 de diciembre, de esta Dirección General.

Los Decretos 395/2005 de 22 de noviembre, 35/2007 de 27 de febrero y 248/2007 de 26 de diciembre, regulan el desarrollo profesional de los/las profesionales pertenecientes a los distintos grupos profesionales del Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante Decreto 106/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial de Sanidad, en su reunión del día 14 de marzo de 2008, se establecen determinadas adaptaciones a la regulación contenida en los citados Decretos 395/2005, 35/2007 y 248/2007.

La Resolución 1931/2011, de 29 de diciembre, del Director General de Osakidetza, regula una convocatoria extraordinaria de desarrollo profesional que establece, para los colectivos incluidos en su ámbito de aplicación, las mismas condiciones de evaluación del desarrollo profesional que las establecidas para los profesionales que participaron en las convocatorias de la fase de implantación reguladas por las Resoluciones de la Directora General de Osakidetza 2470/2008 de 9 de julio, 4413/2008 de 19 de diciembre y 1061/2009 de 23 de marzo.

La Resolución 558/2014 de 8 de mayo del Director General de Osakidetza acordó la suspensión de las convocatorias ordinaria y extraordinaria de desarrollo profesional convocadas mediante las Resoluciones 1930/2011 y 1931/2011 de 29 de diciembre.

Contra la citada Resolución 558/2014 fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, dando lugar al Procedimiento Abreviado n.º 29/2015, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, quien en sentencia n.º 246/2017, de 28 de septiembre, estimó parcialmente el citado recurso contencioso-administrativo reconociendo el derecho del personal de Osakidetza que ha participado en las convocatorias de desarrollo profesional a que se resuelvan las mismas, hasta la asignación de niveles que proceda, adjudicando a cada participante el nivel que corresponda.

Mediante Auto n.º 243/2017, de 18 de diciembre, se ordena la ejecución provisional de la citada sentencia, dictándose la Resolución 36/2018, de 1 de febrero, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza, e iniciando las actuaciones pertinentes para la finalización de las convocatorias.

Mediante la Resolución 482/2018, de 21 de mayo, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el BOPV n.º 124 de 29 de julio de 2018, se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación provisional del nivel de desarrollo profesional de los y las profesionales participantes en la convocatoria regulada mediante la Resolución 1931/2011, de 29 de diciembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

De conformidad con lo previsto en el artículo 11.3 de los Decretos 395/2005, 35/2007 y 248/2007, que regulan el desarrollo profesional de los y las profesionales del Ente público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en la Resolución 1931/2011, del Director General de Osakidetza, una vez finalizado el trámite de recurso, procede aprobar la asignación definitiva de los niveles de desarrollo profesional.

Por cuanto antecede, y en uso de las facultades atribuidas

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la asignación definitiva de niveles de desarrollo profesional a los y las profesionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud que han tomado parte en la convocatoria publicada por Resolución 1931/2011, de 29 de diciembre, de esta Dirección General, según la relación que se incluye como Anexo I (Relación definitiva de niveles de desarrollo profesional reconocido).

Las puntuaciones individuales podrán ser consultadas por las personas interesadas en la aplicación informática de desarrollo profesional de Osakidetza-Servicio vasco de salud, accesible en la dirección https://dp.osakidetza.eus

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo previsto en los artículos 8.2, 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2018.

El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

JUAN LUIS DIEGO CASALS.

(Véase el .PDF)

Análisis documental