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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 213, jueves 10 de noviembre de 2016


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE BARAKALDO
4737

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 35/2015.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Barakaldo.

Juicio: pro. ordinario 35/2015.

Demandante: Heliodoro Herrero Murciego.

Abogado/a: Iñaki Landa Serrano.

Procurador/a: Maria Teresa Bajo Auz.

Demandado/a: Vanessa Conde Sueiro.

Sobre.

En el referido juicio se ha dictado el 31-05-2016 sentencia y el 08-06-2016 Auto aclaratorio de la misma, en las que la parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA (SENTENCIA)

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Heliodoro Gerrero Murciego frente a Vanessa Conde Sueiro y se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.623,36 euros más el interés legal desde el 29 de diciembre de 2014.

No se hace imposición de costas.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PARTE DISPOSITIVA (AUTO ACLARATORIO)

Procede estimar la corrección solicitada.

Se acuerda eliminar de la sentencia el fundamento tercero relativo a la petición del importe del informe pericial.

Se modifica la parte dispositiva en el sentido de que donde dice qeu se estima parcialmente la demanda y se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.623,36 euros sin imposición de costas, debe decir;

Se estima integramente la demanda interpuesta po r la representación procesal de Heliodoro Guerrero Murciego frente a Vanesa Conde Sueiro y se condena a la demandada al pago de la cantidad de 6.781,29 euros más los intereses que se devengarán desde el 29 de diciembre de 2014.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Unase la presente Resolución a la sentencia corregida formando parte el libro de sentencias.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Vanessa Conde Sueiro y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 22 de septiembre de 2016.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental