LABURPENA
Titulua:
Ayudas a organizaciones de ámbito supracomunitario para fomento de la producción ecológica. 2015
Xedea:
La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la realización de actuaciones cuyo ámbito territorial supere al de una comunidad autónoma relacionadas con el fomento de la producción ecológica, destinadas a:
a) La formación y el asesoramiento de agricultores, ganaderos, industriales, y otros profesionales del sector en técnicas de producción y transformación de alimentos ecológicos, así como en el acceso a los mercados ligados a estos productos.
b) Los servicios de consultoría mediante el desarrollo de iniciativas para conseguir una mejor caracterización del sector ecológico en todos los eslabones de la cadena agroalimentaria, a través de estudios de caracterización de la producción, de la comercialización y del consumo de productos ecológicos.
c) La ejecución de actividades de formación, incluyendo la información, para incrementar el nivel de conocimiento por los consumidores sobre este particular modelo productivo así como estimular el consumo de alimentos ecológicos fomentando nuevos hábitos al respecto.
d) La presencia en ferias y certámenes de referencia para el sector, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Deialdiaren araudia:
- Orden AAA/973/2015, de 21 de mayo (BOE Zk. 126/2015)
Orden AAA/973/2015, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones de ámbito de actuación superior a más de una comunidad autónoma para la realización de actuaciones relacionadas con el fomento de la producción ecológica y por la que se convocan las correspondientes al año 2015.
ERAKUNDEAK
Deialdia egiten duen erakundea:
Ingurumen, Nekazaritza eta Arrantza Ministerioa
Deialdia egiten duen organoa:
Ingurumen, Nekazaritza eta Arrantza Ministerioa
Erakunde erabakigarria:
Gobernu zentrala
TRAMITAZIOAK
Ayudas a organizaciones de ámbito supracomunitario para fomento de la producción ecológica. 2015
Eskabideak aurkezteko lekua
Eskabideak aurkezteko lekua
La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la realización de actuaciones cuyo ámbito territorial supere al de una comunidad autónoma relacionadas con el fomento de la producción ecológica, destinadas a:
a) La formación y el asesoramiento de agricultores, ganaderos, industriales, y otros profesionales del sector en técnicas de producción y transformación de alimentos ecológicos, así como en el acceso a los mercados ligados a estos productos.
b) Los servicios de consultoría mediante el desarrollo de iniciativas para conseguir una mejor caracterización del sector ecológico en todos los eslabones de la cadena agroalimentaria, a través de estudios de caracterización de la producción, de la comercialización y del consumo de productos ecológicos.
c) La ejecución de actividades de formación, incluyendo la información, para incrementar el nivel de conocimiento por los consumidores sobre este particular modelo productivo así como estimular el consumo de alimentos ecológicos fomentando nuevos hábitos al respecto.
d) La presencia en ferias y certámenes de referencia para el sector, tanto en el ámbito nacional como internacional.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta orden las organizaciones sin ánimo de lucro, de ámbito de actuación superior a más de una comunidad autónoma, que ejecuten alguna de las actividades recogidas en el artículo 1.
Los fines sociales, recogidas en los estatutos, no sean contradictorios con las actividades a ejecutar, y que la organización se haya constituido con al menos 2 años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
PRESTAZIOA
Muga:
a) Un máximo del 50 por ciento de los gastos subvencionables de los servicios de consultoría.
b) Un máximo del 50 por ciento de los gastos subvencionables derivados de la participación en ferias o certámenes.
c) Un máximo del 50 por ciento de los gastos subvencionables de las actuaciones de formación.
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Dokumentazioa:
- a) Acreditación de la capacidad representativa, acompañada de sus datos identificativos, de la persona que actúe en nombre y representación de la persona jurídica solicitante mediante certificación original, copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada independiente. b) Original, copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada de los estatutos inscritos en el registro correspondiente. c) Certificación original, copia con el carácter de autentica o fotocopia compulsada emitida por el representante de la entidad solicitante, que acredite la relación nominal de los responsables de los órganos directivos y ejecutivos de la organización, en el momento de la solicitud, así como la fecha de su nombramiento y modo de elección. En esta certificación deberá acreditarse, además, la inscripción, en su caso, de dichos datos en el registro administrativo correspondiente. d) Declaración sobre cualquier tipo de ayuda o subvención ya solicitada o concedida, procedente de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, destinada a la financiación total o parcial de las acciones para las que se solicite la subvención. Así como el compromiso de que, en el supuesto de que se perciba cualquier otra ayuda o subvención para el mismo fin después de haber sido presentada la solicitud, se comunicará inmediatamente este hecho al órgano competente para resolver sobre la concesión, de acuerdo con el artículo 8.1. Esta declaración, deberá reflejar que la organización no es deudora por resolución de procedencia de reintegro de otras subvenciones o ayudas públicas. e) Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de subvención implicará la autorización a la Dirección General de la Industria Alimentaria para que obtenga de forma directa, la acreditación del cumplimiento por el beneficiario de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No obstante, el interesado podrá denegar expresamente el consentimiento debiendo aportar entonces las correspondientes certificaciones en los términos previstos en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
DEIALDIAREN EGOERA
Eskabideak aurkezteko epea:
2015/05/28
-
2015/06/20
Ebazteko epea:
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados a partir de la publicación de la orden de convocatoria de las ayudas, salvo que en la misma se pospongan sus efectos a una fecha posterior, de conformidad con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Isilbidearen ondorioak:
Ezespenezkoak
Ebazpenaren aurkako errekurtsoa:
- Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
- Egitura atal ebazlea: .
- Jartze epea: Hilabete 1.
- Ebazteko epea: 3 hilabete.
- Ebazpen falta: Ez onartzea.
Isilbideagatik ez onartzeagatiko errekurtsoa:
- Ebazpenaren aurkako errekurtsoa: Gorako Errekurtsoa
- Egitura atal ebazlea: .
- Jartze epea: 3 hilabete.
- Ebazteko epea: 3 hilabete.
- Ebazpen falta: Onartzea.
