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Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkaria

127. zk., 2022ko uztailaren 1a, ostirala

N.º 127, viernes 1 de julio de 2022


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LAN ETA ENPLEGU SAILA
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
3013
3013

HUTS ZUZENKETA, ebazpen honena: Ebazpena, 2022ko ekainaren 10ekoa, Lanbide-Euskal Enplegu Zerbitzuko zuzendari nagusiarena, zeinaren bidez argitara ematen baita Euskal Autonomia Erkidegoko EGF Plus 2021-2027 Programaren esparruan toki-erakundeek gazteak kontratatzeko laguntzen 2022ko ekitaldiko deialdia.

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 10 de junio de 2022, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2022, para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027.

Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkaria arautzen duen abenduaren 23ko 217/2008 Dekretuak 18.2.a) artikuluan ezartzen duenez, aldizkariaren argitalpena prestatzerakoan egiten diren hutsak, baldin eta dokumentuaren edukia aldatzen badute edo zalantzak sortzen badituzte, Jaurlaritzaren Idazkaritzako eta Legebiltzarrarekiko Harremanetarako Zuzendaritzak zuzenduko ditu, ofizioz nahiz organo edo entitate interesdunak eskatuta.

El artículo 18.2.a) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores de composición que se produzcan en la publicación, siempre que alteren o modifiquen su contenido o pueda suscitar dudas al respecto, se rectificarán de oficio por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, o a instancia del órgano u entidad interesado.

Era horretako hutsak aurkitu dira 2022ko ekainaren 10eko Ebazpenean (Ebazpena, 2022ko ekainaren 10ekoa, Lanbide-Euskal Enplegu Zerbitzuko zuzendari nagusiarena, zeinaren bidez argitara ematen baita Euskal Autonomia Erkidegoko EGF Plus 2021-2027 Programaren esparruan toki-erakundeek gazteak kontratatzeko laguntzen 2022ko ekitaldiko deialdia). Ebazpen hori 2022ko ekainaren 22ko Euskal Herriko Agintaritzaren Aldizkarian argitaratu zen (120 zk.). Hori dela eta, dagokion zuzenketa egiten da hemen.

Advertido error de dicha índole en el texto de la Resolución de 10 de junio de 2022, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2022, para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 120, de 22 de junio de 2022, consistente en la omisión de una tabla en el texto de la versión en castellano, se procede a su corrección.

Gaztelaniazko argitalpenean, 2022/2829 (5/12) orrialdean,

En la página 2022/2829 (5/12),

honakoa hau dioen lekuan:

donde dice:

«Artículo 6.– Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.

«Artículo 6.– Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.

1.– Por la contratación de personas jóvenes, los gastos subvencionables son los costes salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

1.– Por la contratación de personas jóvenes, los gastos subvencionables son los costes salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

2.– El importe de la subvención a conceder por todos los conceptos de gasto contemplados en el apartado anterior se calculará en función de las previsiones recogidas en el Plan de contratación presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el nivel de cualificación requerido:»

2.– El importe de la subvención a conceder por todos los conceptos de gasto contemplados en el apartado anterior se calculará en función de las previsiones recogidas en el Plan de contratación presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el nivel de cualificación requerido:»

honela esan behar du:

Debe decir:

«Artículo 6.– Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.

«Artículo 6.– Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.

1.– Por la contratación de personas jóvenes, los gastos subvencionables son los costes salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

1.– Por la contratación de personas jóvenes, los gastos subvencionables son los costes salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

2.– El importe de la subvención a conceder por todos los conceptos de gasto contemplados en el apartado anterior se calculará en función de las previsiones recogidas en el Plan de contratación presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el nivel de cualificación requerido:

2.– El importe de la subvención a conceder por todos los conceptos de gasto contemplados en el apartado anterior se calculará en función de las previsiones recogidas en el Plan de contratación presentado del número de personas a contratar, los meses de contratación de cada una de ellas y el siguiente módulo a aplicar según el nivel de cualificación requerido:

(Ikus .PDF)
(Véase el .PDF)

Azterketa dokumentala


Análisis documental