Artículo 19.– Funciones.
Corresponden a la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social, bajo la dependencia directa y jerárquica del Lehendakari, además de las funciones genéricas atribuidas en el artículo 6, las siguientes:
Artículo 6.– De las Secretarías Generales.
Corresponden a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en el presente Decreto, las siguientes funciones genéricas:
Corresponden a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de subvenciones:
Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza asumir la responsabilidad de la normalización lingüística de Lehendakaritza, en las áreas de su competencia, y fomentar el uso del euskera, tanto en la prestación de servicios como en su utilización como idioma de trabajo, con el objeto de garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía, en consonancia con lo dispuesto en la Agenda estratégica sobre el euskera aprobada por el Gobierno.
Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza asumir la responsabilidad de velar por la ejecución de los mandatos que el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, establece para integrar el principio de igualdad, así como por la ejecución de las medidas establecidas en los Planes para la Igualdad aprobados por el Gobierno Vasco.
Las personas titulares de cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza incoarán y resolverán los procedimientos de revisión de oficio de los actos dictados por los órganos correspondientes a sus áreas de actuación.
Artículo 19.– Funciones.
Corresponden a la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social, bajo la dependencia directa y jerárquica del Lehendakari, además de las funciones genéricas atribuidas en el artículo 6, las siguientes:
Artículo 6.– De las Secretarías Generales.
Corresponden a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en el presente Decreto, las siguientes funciones genéricas:
Corresponden a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de subvenciones:
Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza asumir la responsabilidad de la normalización lingüística de Lehendakaritza, en las áreas de su competencia, y fomentar el uso del euskera, tanto en la prestación de servicios como en su utilización como idioma de trabajo, con el objeto de garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía, en consonancia con lo dispuesto en la Agenda estratégica sobre el euskera aprobada por el Gobierno.
Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza asumir la responsabilidad de velar por la ejecución de los mandatos que el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, establece para integrar el principio de igualdad, así como por la ejecución de las medidas establecidas en los Planes para la Igualdad aprobados por el Gobierno Vasco.
Las personas titulares de cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza incoarán y resolverán los procedimientos de revisión de oficio de los actos dictados por los órganos correspondientes a sus áreas de actuación.