Para las funciones que le atribuyen el Estatuto de Autonomía, la Ley de Gobierno y otras disposiciones legales, el Lehendakari estará asistido por los órganos de Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno, cuya estructura y funciones se determinan mediante decreto. Se asignan a Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno las siguientes áreas de actuación:
La asistencia al Lehendakari en las funciones de planificación y coordinación de la acción del Gobierno, así como el impulso y seguimiento del Programa de Gobierno y de los planes estratégicos del mismo.
Portavocía del Gobierno.
Coordinación interinstitucional e interdepartamental, para afrontar las transformaciones sociales y sectoriales, en un modelo de gobernanza colaborativa.
Política informativa y de comunicación del Gobierno.
Participación social e información directa a la ciudadanía mediante generación de contenidos a través de las nuevas tecnologías multimedia y de comunicación, en colaboración con el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Relaciones sociales e institucionales.
Política de representación y proyección de Euskadi en el exterior.
Política del Gobierno en materia de Asuntos Europeos, Cooperación Transfronteriza e Interregional, y Colectividades y Centros Vascos.
Impulso de la implementación de la Agenda 2030, sin perjuicio de su ejecución a través de las distintas políticas sectoriales del Gobierno.
Prospección y análisis sociológico.
Impulso y coordinación del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, y gestión del Fondo de Innovación.
Las demás facultades que le atribuyan las leyes y los reglamentos.
Está adscrito a Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno el «Consejo Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación», en los términos previstos en el Decreto 49/2014 de 8 de abril.
Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno tendrá la consideración de departamento a efectos presupuestarios y de contratación.
Para las funciones que le atribuyen el Estatuto de Autonomía, la Ley de Gobierno y otras disposiciones legales, el Lehendakari estará asistido por los órganos de Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno, cuya estructura y funciones se determinan mediante decreto. Se asignan a Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno las siguientes áreas de actuación:
La asistencia al Lehendakari en las funciones de planificación y coordinación de la acción del Gobierno, así como el impulso y seguimiento del Programa de Gobierno y de los planes estratégicos del mismo.
Portavocía del Gobierno.
Coordinación interinstitucional e interdepartamental, para afrontar las transformaciones sociales y sectoriales, en un modelo de gobernanza colaborativa.
Política informativa y de comunicación del Gobierno.
Participación social e información directa a la ciudadanía mediante generación de contenidos a través de las nuevas tecnologías multimedia y de comunicación, en colaboración con el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
Relaciones sociales e institucionales.
Política de representación y proyección de Euskadi en el exterior.
Política del Gobierno en materia de Asuntos Europeos, Cooperación Transfronteriza e Interregional, y Colectividades y Centros Vascos.
Impulso de la implementación de la Agenda 2030, sin perjuicio de su ejecución a través de las distintas políticas sectoriales del Gobierno.
Prospección y análisis sociológico.
Impulso y coordinación del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación, y gestión del Fondo de Innovación.
Las demás facultades que le atribuyan las leyes y los reglamentos.
Está adscrito a Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno el «Consejo Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación», en los términos previstos en el Decreto 49/2014 de 8 de abril.
Lehendakaritza-Presidencia de Gobierno tendrá la consideración de departamento a efectos presupuestarios y de contratación.