IKERTU 2013. Ayudas para la formación y potenciación de Capital Humano en las empresas.

RESUMEN
Título:
IKERTU 2013. Ayudas para la formación y potenciación de Capital Humano en las empresas.
Objeto:
El objeto de la presente Orden es favorecer el desarrollo y movilidad de capital humano para consolidar uno de los importantes factores de competitividad.
Dotación presupuestaria:

1.400.000 euros.

Cuantía máxima de las ayudas
(ver anexo  I, II, III). Orden de 14 de Octubre de 2009

Normativa de la convocatoria:
  • RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2013, (BOPV N 175/2013)
    de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2013 de ayudas a la formación y potenciación del capital humano. Programa Ikertu.
Normativa reguladora:
  • ORDEN de 14 octubre de 2009, (BOPV N 200/2009)
    del Consejero de Industria, Innovación. Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el Programa Ikertu, de ayudas a la formación y potenciación del capital humano
  • ORDEN de 8 de junio de 2011, (BOPV N 126/2011)
    del Consejero de Industria, Innovación Comercio y Turismo, de modificación de la Orden de 14 de octubre de 2009, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el Programa Ikertu, de ayudas a la formación y potenciación del capital humano.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Desarrollo Económico y Competitividad
Órgano convocante:
Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Competitividad
Entidad resolutora:
Gobierno Vasco
Contacto presencial:

Contacto:

Rosa Murillas Maza 945 019949 

E-Mail: ro-murillas@ej-gv.es

Presencial

Delegación Territorial  de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián

Delegación Territorial  de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao

Delegación Territorial  de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz

Contacto telefónico:

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tfno.: 943 02 25 57
E-Mail: a-aramburuorbea@ej-gv.es


Delegación Territorial de  de Bizkaia
Tfno.: 94 403 14 08
E-Mail: mj-markaida@ej-gv.es

Delegación Territorial de de Álava
Tfno.: 945 01 70 52
E-Mail: jd-garcia@ej-gv.es

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Contacto:

Rosa Murillas Maza 945 019949 

E-Mail: ro-murillas@ej-gv.es

Presencial

Delegación Territorial  de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián

Delegación Territorial  de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao

Delegación Territorial  de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz

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Contacto:

Rosa Murillas Maza 945 019949 

E-Mail: ro-murillas@ej-gv.es

Presencial

Delegación Territorial  de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián

Delegación Territorial  de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao

Delegación Territorial  de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz

IKERTU 2013. Ayudas para la formación y potenciación de Capital Humano en las empresas.
El objeto de la presente Orden es favorecer el desarrollo y movilidad de capital humano para consolidar uno de los importantes factores de competitividad.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

1.- Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las empresas, las pequeñas y medianas empresas (PYME) y las  grandes empresas que cumplan los requisitos legalmente exigibles para el ejercicio de su actividad en la Comunidad Autónoma Vasca, la cual deberá encuadrarse en alguna de las tipologías siguientes:


Nuevas empresas de base tecnológica, Pymes, Grandes empresas.

2.- A los efectos del presente programa de ayudas la orden de 2009 establece la  descripción de las topologías indicadas. 

Articulo 2 Orden 2009 y articulo  primero de la Orden 2011

Indicados en cada anexo.

No serán subvencionables los proyectos de aquellas empresas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Las ayudas tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables e irán dirigidas a financiar acciones de potenciación de capital humano en las empresas mediante la  formación tecnológica y/o investigadora, tanto de personal existente (an I), como de nueva contratación (an II y III).

Fechas de realización de actividades subvencionables - desde 1.01. del año de convocatoria hasta diciembre del año de la  convocatoria.

Las ayudas son renovables. La duración máxima de ayudas, incluidas renovaciones es de max. de 3 años,  si se cumple lo indicado en la normativa vigente.

PRESTACIÓN
Dotación:

1.400.000 euros.

Cuantía máxima de las ayudas
(ver anexo  I, II, III). Orden de 14 de Octubre de 2009

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
Formularios (Solicitud)
Formularios
Anexo II y III (Solicitud)
Anexo II y III
Documentación:
  • 1.- Oro har, eskabideekin batera, dokumentazio hau aurkeztu beharko da:

    III. kapituluaren 10. artikuluan adierazita daudenak eta aukeratutako eranskin bakoitzean adierazitakoa.
    I. eranskina 5. puntua.
    II. eranskina, senior ikertzaileak, 6. puntua.
    III. eranskina, junior ikertzaileak, 6. puntua

    Ez dira nahitaez aurkeztu beharko, dagoeneko, Industria, Berrikuntza, Merkataritza eta Turismo Sailaren eskura dauden indarreko dokumentuak. Eskatzaileak dokumentazio hori dagoeneko aurkeztu baldin badu, eskabidean adierazi beharko du zer egunetan eta zer organo edo bulegotan aurkeztu zuen, azaroaren 26ko 30/1992 Legearen 35. artikuluaren f) idatz-zatian ezarritako baldintzei jarraiki.

  • 1.- Con carácter general, las solicitudes deberán venir acompañadas de la documentación siguiente:

    Indicadas  en el Capitulo  III  articulo 10 y lo indicado en cada anexo elegido.
    Anexo I  punto 5
    Anexo II  Investigadores senior  punto 6
    Anexo III Investigadore junior     punto 6

    No será preceptiva la presentación de aquellos documentos vigentes que ya se encuentren en poder del Departamento de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo. En el caso de que dicha documentación haya sido aportada por la persona solicitante, se hará constar en la solicitud, la fecha y órgano o dependencia en que se presentó, en los términos y con los requisitos establecidos en el apartado f), del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Resto de Trámites

    (On line)

    El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizarán exclusivamente a través de Internet, en la dirección http://www.industria.ejgv.euskadi.net/appcont/osaga-emp/ike.html mediante las funcionalidades ubicadas en dicha dirección Web. Los contenidos de la solicitud podrán obtenerse en la citada dirección.
    La solicitud incorporará además de la firma reconocida de la persona o entidad solicitante, toda aquella documentación que haya de acompañar a la solicitud y la que pueda ser requerida por la Administración en los términos dispuestos en el Decreto 232/2007 de 18 de diciembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos.

    (Presencial)

    Las solicitudes una vez grabadas informaticamente en http://www.industria.ejgv.euskadi.net/appcont/osaga-emp/ike.html, deberán imprimirse y remitirse firmadas por la persona que posea capacidad legal para representar a la entidad solicitante, a la Dirección de Tecnologia, y se presentarán en las correspondientes Delegaciones Territoriales de Industria, Innovación, Comercio y Turismo de cada Territorio Histórico, en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco (Zuzenean), o en cualquiera de los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
14/09/2013 - 14/10/2013
Plazo de resolución:

6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Trámites de solicitud