Programa de Chequeos Tecnológicos. Bizkaia 2019

RESUMEN
Título: 
Programa de Chequeos Tecnológicos. Bizkaia 2019
Objeto: 
Mediante las ayudas previstas en este Programa se pretende fomentar que las empresas den los primeros pasos en innovación con la ayuda de un Agente Tecnológico externo. Se trata de dar solución a un problema concreto, en un producto o en un proceso productivo, o, al menos, planificar dicha solución planteando un proyecto de innovación.
Dotación presupuestaria: 
450.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • DECRETO FORAL 51/2019, de 14 de mayo (BOB N 92/2019)
    DECRETO FORAL 51/2019, de 14 de mayo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria del programa de chequeos tecnológicos 2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Órgano convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Entidad resolutora: 
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial: 
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Contacto telefónico: 
Teléfono: 944 068 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
VolverC/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Programa de Chequeos Tecnológicos. Bizkaia 2019
Mediante las ayudas previstas en este Programa se pretende fomentar que las empresas den los primeros pasos en innovación con la ayuda de un Agente Tecnológico externo. Se trata de dar solución a un problema concreto, en un producto o en un proceso productivo, o, al menos, planificar dicha solución planteando un proyecto de innovación.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Podrán acceder a las subvenciones reguladas en este decreto las empresas con personalidad jurídica propia cuya actividad principal se encuadre en los sectores de la industria, construcción, transporte, servicios conexos con la industria, turismo y comercio al por mayor, de manera que su actividad principal quede integrada dentro de los epígrafes de la CNAE 2009, «Clasificación Nacional de Actividades Económicas»- recogidos en el Anexo I.
a) Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. b) Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido, en el Territorio Histórico de Bizkaia. c) Tener una plantilla entre 5 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa. Se considerará perteneciente a la plantilla el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. No se considerará perteneciente a la plantilla al personal contratado para trabajar en plantas en el extranjero. d) No superar los dos límites siguientes, según último impuesto de sociedades presentado: 20.000.000 euros de volumen anual de negocio. ¿ 20.000.000 euros de balance general. Los requisitos a), b) y el c) en lo referido al límite inferior de personas, deberán acreditarse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse hasta el momento de la resolución y el pago. El requisito c) en lo referido al límite superior de personas y el d) deberán acreditarse en el momento de presentación de la solicitud. e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. f) No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente, por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo previsto en la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. g) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones.
PRESTACIÓN
Dotación: 
450.000,00 euros
Límite: 
La cuantía de la ayuda será equivalente al 80% de los gastos subvencionables del chequeo tecnológico, con un límite de subvención de 10.000 euros por empresa. No se concederán ayudas inferiores a 1.000 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
20/05/2019 - 30/09/2019
Fecha límite de presentación: 
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 20 de mayo de 2019 y finalizará a las 13:30 horas del día 30 de septiembre de 2019.
Plazo de resolución: 
El plazo máximo para la resolución y su notificación será de seis meses desde la entrada de la solicitud debidamente cumplimentada según lo establecido en el presente Decreto Foral.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio