Normativa

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ORDEN de 19 de octubre de 2018, de la Consejera de Seguridad, por la que se inicia el procedimiento para la concesión de las medallas o placas diploma en materia de atención de emergencias y protección civil.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 206
  • Nº orden: 5232
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/10/2018
  • Fecha de publicación: 25/10/2018

Ámbito temático

  • Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
  • Submateria: Interior; Gobierno y Administración Pública; Institucional

Texto legal

El Decreto 253/2017, de 21 de noviembre, sobre las distinciones del Gobierno Vasco en materia de atención de emergencias y protección civil, contempla en su artículo 10 que «el inicio del expediente para la concesión de la medalla o de la placa-diploma se incoará siempre de oficio, anualmente, por acuerdo de la persona titular del departamento competente en materia de seguridad pública, mediante Orden que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco».

Dicho decreto establece en su artículo 13 que el acto de imposición de la medalla o de entrega de la placa-diploma o del diploma tendrá lugar en la fecha en la que se celebre el Día Europeo del 1-1-2, salvo que razones de oportunidad o urgencia aconsejen otro momento.

Atendiendo a lo expuesto, por medio de la presente Orden,

El cómputo del plazo de un mes se inicia el día siguiente a la publicación de esta orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Las propuestas se presentarán de forma presencial en las Oficinas del Gobierno Vasco de atención al ciudadano, Zuzenean, de Bizkaia (Gran Vía 85, 48001 Bilbao), Gipuzkoa (c/ Andia 13, 20003 San Sebastián) y Álava (c/ Ramiro de Maeztu, 10 - bajo, 01008 Vitoria-Gasteiz), sin perjuicio de que también puedan presentarlas a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/y22-home/es/) apartado premios y ayudas del Departamento de Seguridad (http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-seguridad/) y demás lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  1. Identificación de la entidad proponente.

  2. Datos de la persona física, indicando su sexo, o persona jurídica propuesta para la distinción.

  3. Distinción solicitada, especificando, en el caso de la medalla, el distintivo.

  4. Dirección a los efectos de notificación de la proponente, así como de la persona propuesta.

  5. Memoria que recoja de manera detallada los actos, actuaciones o actividades meritables y razone los motivos para ser merecedora de la distinción propuesta.

  6. Cualquier otra documentación que la persona proponente estime pertinente.