Becas para la formación e investigación en materia de consumo 2010
- Beca 1: Becas para el análisis jurídico de las reclamaciones de consumo.
- Beca 2: Becas para la formación en el tratamiento y difusión de información de consumo.
- ORDEN de 21 de septiembre de 2007 (BOPV Nº 198/2007)
de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de becas para la formación e investigación en materia de consumo. - RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2010 (BOPV Nº 35/2010)
de la Directora de Consumo, por la que se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2010 de concesión de becas de formación e investigación en materia de consumo. - RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2010 (BOPV Nº 108/2010)
de la Directora de Consumo, de concesión de becas en materia de consumo, al amparo de lo establecido en Resolución de 3 de febrero de 2010, por la que se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2010 de concesión de becas de formación e investigación en materia de consumo.
- RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2010 (BOPV Nº 112/2010)
de la Directora de Consumo al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2007 por la que se regula el programa de becas para la formación e investigación en materia de consumo.
Gobierno Vasco
Dirección de Consumo
01010-Vitoria-Gasteiz
Directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Gobierno Vasco
Dirección de Consumo
01010-Vitoria-Gasteiz
Directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Gobierno Vasco
Dirección de Consumo
01010-Vitoria-Gasteiz
Nekane Ribado
Telf.: 945 01 99 24
E-mail: n-ribado@ej-gv.es
- Beca 1: Becas para el análisis jurídico de las reclamaciones de consumo.
- Beca 2: Becas para la formación en el tratamiento y difusión de información de consumo.
Podrán acceder a las presente becas las personas físicas que reúnan los requisitos.
- Residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad superior a 12 meses, en el momento de la presentación de la solicitud.
- No haber disfrutado anteriormente de beca alguna de las convocadas por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo en el ámbito del consumo.
- No hallarse sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Haber obtenido la siguiente titulación académica en los últimos cinco años:
Beca 1: Licenciatura en Derecho.
Beca 2: Licenciatura o Diplomatura en Documentación/ Biblioteconomía.
Se admitirán los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos si están homologados por el Ministerio de Educación español, en el momento de presentar la solicitud.
El número máximo de becas a conceder en el ejercicio 2010 será de cuatro (4): tres becas para la beca tipo 1 y una para la beca tipo 2. Cada beca tiene una dotación económica de 12.960 euros más una asignación de 1.590 euros para cubrir gastos derivados de la formación de los becarios, tales como traslado, manutención, alojamiento y matrícula.
- Documentación a aportarLa solicitud deberá contener los datos personales del o de la solicitante.
Junto con la mencionada solicitud deberá presentarse, además, la documentación siguiente:
Copia del DNI.
Certificado del expediente académico de la persona aspirante, con las calificaciones de todos los cursos y en el que conste la fecha de finalización de sus estudios. Los expedientes académicos de estudios realizados en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán ir acompañados de la fotocopia de la homologación concedida por el Ministerio de Educación español.
Curriculum vitae de la persona solicitante. En él se harán constar la experiencia profesional, el conocimiento de idiomas y cuantos méritos se consideren de interés, así como los trabajos y experiencias previas realizados en relación con el objeto de la convocatoria.
Documentos acreditativos de los méritos que se alegan en el curriculum vitae. No se valorarán los cursos o experiencia que no estén justificados documentalmente en el momento de la presentación de la solicitud. Certificado de empadronamiento, en el que se deberá acreditar la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Euskadi con antigüedad superior a doce meses.
Declaración jurada de que cumple los requisitos a los que se hace referencia en los artículos 4.1.b, 4.1.c y 4.1.d de la ORDEN de 21 de septiembre de 2007 , y de que cumplirá lo establecido en el artículo 7 de la misma orden.
Gobierno Vasco
Dirección de Consumo
01010-Vitoria-Gasteiz
Nekane Ribado
Telf.: 945 01 99 24
E-mail: n-ribado@ej-gv.es
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Consumo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Consumo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.