Normativa

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ORDEN de 19 de diciembre de 2016, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Zubi-Zaharra Ikastola» de Balmaseda (Bizkaia).

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Educación
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 14
  • Nº orden: 349
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 19/12/2016
  • Fecha de publicación: 20/01/2017

Texto legal

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del Centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Zubi-Zaharra Ikastola» de Balmaseda (Bizkaia), en solicitud de autorización para la redistribución de los espacios formativos, la ampliación del número de unidades de Educación Secundaria Obligatoria y la reducción del número de unidades de 1.º ciclo de Educación Infantil.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y demás legislación aplicable en la materia,

  1. º de código: 48007983.

    Denominación específica: «Zubi-Zaharra Ikastola».

    Titular: Zubi-Zaharra Ikastola Sociedad Cooperativa.

    Domicilio: La Cuesta, 56.

    Municipio: Balmaseda.

    Territorio Histórico: Bizkaia.

    Autorización:

    Ampliación de 2 unidades de Educación Secundaria Obligatoria con capacidad, cada una de ellas, para 30 puestos escolares.

    Supresión de 1 unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil.

    Composición resultante:

    Educación Infantil 1.º ciclo: 5 unidades con la siguiente capacidad:

    1 unidad para niños y niñas menores de un año con capacidad para 8 puestos escolares.

    2 unidades para niños y niñas de uno a dos años con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.

    2 unidades para niños y niñas de dos a tres años, una de ellas para 18 puestos escolares y la otra para 15 puestos escolares.

    Educación Infantil 2.º ciclo: 6 unidades con capacidad para 138 puestos escolares.

    Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

    Educación Secundaria Obligatoria: 6 unidades con capacidad para 180 puestos escolares.

    Educación Especial: 2 aulas abiertas.

El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de diciembre de 2016.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.

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