Normativa
ImprimirDECRETO 40/2017, de 7 de febrero, por el que se declara de utilidad pública la «S.D. Erandio Club».
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Decreto
- Órgano emisor: Cultura y Política Lingüística
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 29
- Nº orden: 763
- Nº disposición: 40
- Fecha de disposición: 07/02/2017
- Fecha de publicación: 10/02/2017
Ámbito temático
- Materia: Cultura y deporte; Organización administrativa
- Submateria: Gobierno y Administración Pública
Texto legal
En atención a las actividades desarrolladas por la S.D. Erandio Club, inscrito en el Registro de Entidades Deportiva del País Vasco con el número CD0000779, y con domicilio social en Erandio, calle Bereterretxe n.º 2 bajo, se considera que procede reconocer la utilidad pública a la citada entidad, por considerar que promueve el interés general de Euskadi en el campo del Deporte.
Siendo conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 14/1998, de 11 de junio y en los artículos 56 y siguientes del Decreto 163/2010, de 22 de junio, de clubes deportivos y agrupaciones deportivas, en que se determinan los requisitos para la declaración de utilidad pública de los clubes deportivos, y habiendo informado favorablemente la Dirección General de Deporte y Juventud de la Diputación Foral de Bizkaia y la Dirección de Juventud y Deportes.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 7 de febrero de 2017,
El presente Decreto surtirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 7 de febrero de 2017.
El Lehendakari,
IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Cultura y Política Lingüística,
BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.