Convocatoria 2018 para el desarrollo de proyectos singulares de inserción socio-laboral para personas trabajadoras ocupadas y desempleadas con dificultades de acceso al empleo o mantenimiento del mismo

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la regulación, para el año 2018,de las ayudas destinadas a la financiación de los Proyectos Singulares, como actuaciones integrales de inserción socio laboral o mejora de la empleabilidad para personas trabajadoras, que aúnen o coordinen distintos tipos de intervención con otras instituciones públicas o privadas.

Dotación presupuestaria

4.000.000 euros

Prestación económica

4.000.000 euros, de los cuales, 2.000.000 euros corresponden al crédito de pago del Presupuesto de 2018 y 2.000.000 euros al crédito de compromiso de 2019

El procedimiento de concesión de las subvenciones concurrencia sucesiva. Una vez comprobado que las solicitudes cumplen con los requisitos exigidos en esta convocatoria, se concederán ordenadamente, en función del momento en que el expediente esté completo, hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria. La solicitud deberá alcanzar un mínimo de 35 puntos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 8

Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria la realización de proyectos que combinen acciones de formación, orientación, empleo o cualquier otra medida que mejore de forma significativa la empleabilidad de las personas participantes en los mismos:

  • a.Formación, tanto en competencias profesionales propias del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales, como en competencias básicas de acceso a los Certificados de Profesionalidad, o en aquellas formaciones necesarias y registradas en el Catálogo de Especialidades Formativas u otras autorizadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. También podrán incluir acciones formativas de aprendizaje en puesto de trabajo mediante formación en alternancia con el empleo.
  • b.Prospección de oportunidades de empleo que permita contactar e implicar a posibles agentes contratadores, identificando necesidades del mercado laboral e impulsando la contratación de las personas participantes.
  • c.Acciones de orientación e inserción profesional, que promuevan la elaboración de un itinerario de inserción personalizado que permita el seguimiento personal y la evaluación de resultados de las personas participantes.
  • e.Ayudas a la contratación de las personas participantes. Podrán ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria los contratos de al menos 6 meses de duración. Podrán ser a jornada completa o a jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70% de la jornada laboral establecida
  • f.Cualquier otra actuación cuyo objetivo sea asegurar la mejora de la empleabilidad del colectivo destinatario.

Forma de pago:

La subvención concedida se abonará en dos pagos:

  • a.El primero será por el 50% de la cantidad total concedida a la Entidad beneficiaria, una vez aprobada la solicitud.
  • b.El segundo pago se realizará por la cantidad restante, una vez se haya justificado el logro de los objetivos operativos del proyecto.

Si este primer pago superase la cantidad de 180.303,63 euros, la entidad beneficiaria deberá presentar aval bancario, siguiendo las indicaciones que se comunicarán junto con la autorización de vinculación

A quién va dirigido


Entidades solicitantes para proyectos singulares

Podrán ser beneficiarias de las ayudas de la presente convocatoria las entidades siguientes:

  • Diputaciones Forales y Sector Público Foral
  • Ayuntamientos de la CAPV y Entidades del sector público local.
  • Entidades del Sector Público de la CAPV.
  • Agencias de Desarrollo Local o Comarcal de la CAPV y entidades de asociación de las mismas.
  • Entidades de formación privadas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Vasco de Entidades de Formación.
  • Entidades de formación públicas dependientes del departamento de Educación o del Departamento de Desarrollo económico e Infraestructuras.
  • Entidades con sede o delegación en la CAPV cuya actividad mercantil esté subordinada preferentemente a un fin social, que hayan reinvertido en los últimos diez años al menos el 70% de sus beneficios en la consecución del fin social de la entidad.

Con carácter puntual y con objeto de racionalizar los recursos y medios necesarios para el correcto desarrollo de un proyecto singular, se permitirá la colaboración entre entidades.

Para poder formalizar la solicitud, las entidades interesadas en participar en el mismo Proyecto Singular deberán comprometerse a constituirse legalmente, en caso de estimarse su solicitud, en:

  • A) Una unión temporal de empresas. En este caso será necesario designar una de las entidades para que ostente las funciones de representación e interlocución con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, o bien,
  • B) Un consorcio de derecho público entre varias Administraciones Públicas o entidades integrantes del sector público institucional, o con participación de entidades privadas

Requisitos:

  • Ser Entidad de formación privada sin ánimo de lucro acreditada / inscrita en el Registro de Entidades de Formación
    • Ser Diputación Foral o pertenecer al Sector Público Foral
    • Ser Ayuntamiento de la CAPV o Entidad del Sector Público Local.
    • Ser Entidad del Sector Público de la CAPV.
    • Ser Agencia de Desarrollo Local o Comarcal de la CAPV o entidad de asociación de las mismas
  • Ser entidad de formación pública dependiente del Departamento de Educación o del Departamento de Desarrollo económico e Infraestructuras
  • Ser entidad con sede o delegación en la CAPV cuya actividad mercantil esté subordinada preferentemente a un fin social, que haya reinvertido en los últimos diez años al menos el 70% de sus beneficios en la consecución del fin social de la entidad

  • Disponer de recursos humanos y materiales necesarios

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00).

  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

  • No haber recibido, para la realización de las actuaciones subvencionadas al amparo de esta convocatoria, ayudas por importe superior al relacionado con el coste del proyecto.

Organismos


Organismo que convoca

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Organismo que resuelve

  • Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo

Información de contacto


Servicio de Atención a la Ciudadanía 945 160 600 / 630305452

Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601 (Información general)

Código

10502

Solicitud y aportación de documentación


Junto con la solicitud de subvención que se presentará mediante el modelo oficial recogido en el Anexo I de la convocatoria y disponible en el aplicativo informático de formación Lan-F, se aportará la siguiente documentación:

Con carácter general:

  • a)Documentación acreditativa de la cofinanciación a la que se hace referencia en el artículo 3.2.
  • b)Documentación acreditativa de la experiencia en la realización de proyectos de similares características o de mejora de la empleabilidad de colectivos vulnerables subvencionados por diferentes administraciones en los tres últimos años.
  • c)Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones será de tres meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Efectos del silencio

Estimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Otros trámites