Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para la participación en competiciones deportivas de alto nivel y ligas estatales de mujeres en el año 2018

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Descripción


Objeto


1.-La presente Orden el régimen de concesión de subvenciones para la participación en competiciones deportivas oficiales de ámbito y carácter internacional en categoría absoluta, así como en ligas estatales de mujeres de categoría absoluta, que se realicen o inicien en el año 2018.

A efectos de esta Orden, se entenderá por competiciones deportivas oficiales de ámbito y carácter internacional aquellas competiciones incluidas en el calendario oficial de una federación internacional, federación europea o liga profesional de carácter internacional. Las ligas estatales femeninas serán aquellas de máximo nivel incluidas en el calendario oficial de la federación o liga profesional correspondiente, de categoría absoluta.

Dichas competiciones deberán estar orientadas hacia el fomento del deporte de alto nivel. No serán objeto de subvención aquellos programas cuya orientación esté enfocada básicamente hacia el fomento del deporte de participación (deporte de recreación, deporte de ocio, deporte-salud) ni las competiciones deportivas en las que intervengan las selecciones deportivas correspondientes.

2.- Las subvenciones que se concedan para los eventos que se inicien en el año 2018 no podrán destinarse a financiar gastos que no correspondan a dicho ejercicio. Los gastos objeto de subvención corresponderán a transporte, alojamiento, equipaje y logística.

3.- En cualquier caso, no podrán acogerse a esta modalidad de subvenciones, y quedarán por tanto excluidos, los proyectos que no garanticen la igualdad de trato entre los dos sexos.

Dotación presupuestaria

440.000

Prestación económica

La Comisión de Valoración estudiará las solicitudes recibidas y evaluará cada uno de los aspectos especificados de acuerdo a los siguientes criterios y baremos:

1.-  Nivel de la prueba (hasta 55 puntos):

  
- Programa olímpico: hasta 30 puntos

      Prueba olímpica: 30 puntos

      Prueba no olímpica de una federación internacional reconocida por el CIO: 7,5 puntos

      Prueba no olímpica de una federación internacional no reconocida por el CIO: 0 puntos

–  Nivel competitivo: hasta 10 puntos

–  Sistema  de acceso a la competición: hasta 10 puntos

Se valorará la dificultad del sistema de acceso a la  competición, valorando hasta 10 puntos aquellas competiciones en las que haya que acceder mediante unas clasificatorias previas o por invitación y con 0 puntos aquellas en las que el sistema de acceso sea libre.

–  Ámbito competitivo:  hasta 5 puntos

    Mundial: 5 puntos. Se entenderá que una competición es de ámbito mundial si hay participantes de tres o más continentes.

    Continental: 0 puntos

2.- Nivel de los deportistas (hasta 10 puntos)

    Continuidad de participación internacional en los últimos 10 años. (hasta 5 puntos)

             Más de 7 participaciones en los últimos 10 años: 5 puntos.

             De 4 a 7 participaciones en los últimos 10 años: hasta 2,5 puntos.

             De 1 a 3 participaciones o menos en los últimos 10 años: 0 puntos.

    Deportistas vascos en las listas de deportistas de alto nivel del Gobierno Vasco o del Consejo Superior de Deportes (hasta 5 puntos).

            Deportes individuales: 1 deportista: 5 puntos.

            Deportes de conjunto/equipo:  2 deportistas: 5 puntos; 1 deportista: 0 puntos.

3.- Factores presupuestarios. Máximo 4 competiciones (hasta 25 puntos).

- Número de deportistas y técnicos desplazados (hasta 15 puntos): 1 punto por persona hasta un máximo de 15 puntos. Como máximo, se valoraran 13 puntos por deportistas y 2 puntos por técnicos.

- Número de Jornadas (hasta 2,5 puntos)

Se valorará el número de jornadas hasta 2,5 puntos

 - Distancia al lugar de competición (hasta 7,5 puntos)

Europa:

§ Hasta 1.000km = 1 puntos

§ 1.000 – 2.000km = 2,5 puntos

§ > de 2.000km = 5 puntos

África, América, Asia: 6 puntos.

Oceanía: 7,5 puntos.

4. - Número de competiciones o pruebas. Máximo 4 competiciones (hasta 20 puntos)

Se valorarán hasta 4 competiciones por solicitud, siendo la entidad solicitante la encargada de elegir aquéllas de máximo nivel.

5.- Cuando sean competiciones que fomenten la participación femenina en aquellos deportes en los que las mujeres estén infrarrepresentadas (10 puntos)

En el supuesto de que haya varias entidades solicitantes de una misma disciplina deportiva respecto a competiciones del mismo nivel deportivo, se realizará un análisis técnico-deportivo que podrá modificar las puntuaciones obtenidas con el objetivo de ajustar éstas al objeto de la Orden.

En el supuesto de que haya varias entidades solicitantes de una misma disciplina deportiva respecto a competiciones del mismo nivel deportivo, se realizará un análisis técnico-deportivo que podrá modificar las puntuaciones obtenidas con el objetivo de ajustar éstas al objeto de la Orden.

Forma de pago:

El abono de la subvención se efectuará en dos pagos, el primero, en 2018 tras la concesión de la subvención, una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 15 b) sin mediar renuncia expresa, por importe equivalente al setenta por ciento de la cantidad concedida; el segundo, por la cantidad restante, en 2019, tras la justificación de la subvención en los términos  previstos en el artículo 16.

Las entidades beneficiarias han de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad, así como en el pago de obligaciones por reintegro de  subvenciones.

Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad solicitante deberá constar en la base de datos del Departa­mento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado deberá dirigirse al Registro telemático de terceros proporcionado por el Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección https://www.euskadi.eus/y22-tresnak/es/contenidos/informacion/regtelter_infor/es_rtt/infor_rtt.html

 

A quién va dirigido


Clubes deportivos

Agrupaciones deportivas

Entidades con personalidad jurídica que tengan objeto deportivo

Requisitos

  • Memoria de actividad | Junto a la solicitud deberá presentarse memoria de la actividad
  • Presupuesto | Junto con la solicitud deberá presentarse presupuesto equilibrado de ingresos y gastos de la actividad objeto de subvención.
  • Documentación complementaria que se desee presentar al efecto de valorar la solicitud.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse certificado de la federación española correspondiente en el que conste que la federación deportiva vasca de la modalidad se halla integrada en aquella federación, salvo cuando no exista federación española de la modalidad.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse certificado de la federación internacional correspondiente acreditativo del número de participaciones internacionales en los últimos 10 años.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse calendario oficial de la federación internacional, federación europea o liga profesional internacional en la que se incluye la prueba para la que se solicita la subvención, así como una dirección de contacto de la entidad organizadora del evento y de la federación Internacional, europea o liga internacional correspondiente.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse certificado de la federación correspondiente acreditativo del resultado deportivo obtenido en la competición. En el caso de que la competición no se haya celebrado acreditar los resultados obtenidos el año anterior en dicha competición o competiciones de igual o mayor nivel, si las hubiere.
  • Junto con la solicitud deberá presentarse, para actividades ya realizadas, cuanta documentación se establece en la presente Orden dirigida a justificar los gastos realizados.
  • Obligaciones de las beneficiarias

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística / Consejero/a de Cultura y Política Lingüística > Dirección de Actividad Física y Deporte

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0130006

Solicitud y aportación de documentación


Junto con la solicitud deberá presentarase:

1. - Memoria de la actividad (Anexo II).

Deberán presentar una memoria explicativa sobre las siguientes cuestiones:

- Competiciones o liga a valorar. (Máximo 4)

- Si se trata de una prueba incluida en el programa olímpico o no.

- Nivel competitivo.

- Sistema de acceso a la competición: si existe un sistema clasificatorio previo o no.

- Ámbito competitivo. Mundial o continental.

- Puesto obtenido por los deportistas en la competición o competiciones a valorar. En el caso de que la competición no se haya celebrado acreditar los resultados obtenidos el año anterior en dicha competición o competiciones de igual o mayor nivel, si las hubiere.

- Continuidad de participación. Años de participación internacional en los últimos diez años. En el caso de las ligas estatales de mujeres el equivalente a la participación en la liga estatal en los últimos 10 años.

- Deportistas vascos y vascas de alto nivel en la competición, reconocidos por las listas del Consejo Superior de Deportes y/o por el Gobierno Vasco.

- Número de deportistas y personal técnico desplazados: número de jornadas y lugar de celebración de las mismas, así como la distancia al lugar de la competición.

- Número total de competiciones o pruebas. (Máximo 4)

- Otros datos que se consideren de interés.

2. Calendario oficial de la federación internacional, federación europea o liga profesional internacional en la que se incluye la prueba o liga para la que se solicita la subvención, así como una dirección de contacto de la entidad organizadora del evento y de la federación Internacional, europea o liga internacional correspondiente.

3. Certificado de la federación correspondiente acreditativo del resultado deportivo obtenido en la competición. En el caso de que la competición no se haya celebrado acreditar los resultados obtenidos el año anterior en dicha competición o competiciones de igual o mayor nivel, si las hubiere.

4. Certificado de la federación internacional correspondiente acreditativo del número de participaciones internacionales en los últimos 10 años. En el caso de las ligas estatales de mujeres el equivalente a la participación en la liga estatal en los últimos 10 años.

5. Certificado de la federación española correspondiente en el que conste que la federación deportiva vasca de la modalidad se halla integrada en aquella federación, salvo cuando no exista federación española de la modalidad.

6. Presupuesto equilibrado de ingresos y gastos de la actividad objeto de la subvención (Anexo III).

7. Para actividades ya realizadas deberá aportarse cuanta documentación se establece en el artículo 16 de la presente Orden dirigida a justificar los gastos realizados.

8. Compromiso de convocar a la Dirección de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco a los actos públicos relacionados con la participación en el evento salvo si la subvención se concede con posterioridad a la celebración del evento, en cuyo caso deberán reflejarlo en la documentación producida a partir de la notificación de la resolución de concesión de la subvención.

9. La Dirección de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco podrá exigir cuanta documentación complementaria estime necesaria para la concesión de la subvención.

10. Toda la documentación aportada deberá incluir un lenguaje inclusivo y no sexista. Además todos los datos aportados han de ser desagregados por sexo.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria será dictada y notificada, a la vista de la propuesta elevada por la Comisión de Valoración, por el Consejero de Cultura y Política Lingüística en el plazo de seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la Orden de convocatoria. Dicha resolución será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su general conocimiento.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Las justificaciones se presentarán por medios electrónicos antes del 31 de marzo de 2019, siguiendo las pautas establecidas en el artículo 5 de la presente Orden y teniendo en cuenta lo
establecido en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, para la presentación de justificaciones. También podrán presentarse en los registros auxiliares de la CAPV (recogidos en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos) o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación justificativa:

a) Una memoria detallada del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

b) Los gastos se acreditarán mediante facturas originales y demás documentos originales de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente.

La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

La acreditación se realizará por una cuantía equivalente al importe total de la actividad subvencionada.

c) Ejemplares de cuanta documentación (gráfica, fotográfica o audiovisual) de la actividad subvencionada que recoja la expresa mención del patrocinio del Departamento de Cultura y Política Lingüística de acuerdo con las condiciones establecidas en la resolución de concesión.

d) Balance definitivo de cuentas del coste de la participación en el evento, recogiendo todos los ingresos y gastos, especialmente la relación de cualesquiera otras ayudas con destino al mismo objeto, de cuya efectividad no se tuviera conocimiento en el momento de presentación de las solicitudes (Anexo IV).

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, la entidad solicitante deberá constar en la base de datos del Departa­mento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado deberá dirigirse al Registro telemático de terceros proporcionado por el Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección https://www.euskadi.eus/y22-tresnak/es/contenidos/informacion/regtelter_infor/es_rtt/infor_rtt.html

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites