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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 226, viernes 25 de noviembre de 2022


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AYUNTAMIENTO DE BEASAIN
5158

ANUNCIO relativo al convenio de colaboración con la Diputación Foral de Gipuzkoa, para la recaudación en ejecutiva de los ingresos de derecho público propios del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el 27-10-2022, adoptó por unanimidad de los 17 miembros que componen la Corporación el siguiente acuerdo:

Asunto.– Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ayuntamiento de Beasain para la recaudación en ejecutiva de los ingresos de derecho público propios de este.

El artículo 2.2 de la Norma Foral 11/1989, de 5 de julio, reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa, dispone que «Para la cobranza de los tributos y de las cantidades que como ingresos de Derecho público deben percibir las Haciendas Municipales, de conformidad con lo previsto en el apartado anterior, dichas Haciendas ostentarán las facultades y prerrogativas establecidas legalmente para la Hacienda del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y actuarán, en su caso, conforme a los procedimientos administrativos correspondientes».

Asimismo, el artículo 8 de la citada Norma Foral establece que los Ayuntamientos y la Diputación Foral de Gipuzkoa colaborarán mediante la suscripción del oportuno convenio, en todos los órdenes de gestión, liquidación, inspección y recaudación de tributos.

Por su parte, el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa aprobado por Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, dispone en su artículo 3.3 que los órganos de recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas podrán asumir la gestión recaudatoria de los recursos de otras Administraciones Públicas mediante la formalización de los correspondientes Convenios que se publicarán en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

Al amparo de la normativa expuesta, el Consejo de Diputados, en su sesión de 30 de agosto de 2004, aprobó el modelo de convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa y cada Ayuntamiento interesado, para la recaudación en ejecutiva de los ingresos de derecho público propios de este.

Considerando de interés de este Ayuntamiento el contenido del citado Convenio,

ACUERDA

Primero.– Suscribir el convenio de colaboración aprobado por Acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de 30 de agosto de 2004 y publicado en el BOG de 28-09-2022, por el que la Diputación Foral de Gipuzkoa asume la recaudación ejecutiva de los ingresos de derecho público propios de este Ayuntamiento, que le encomiende.

Segundo.– Facultar a la Alcaldesa-Presidenta para suscribir dicho Convenio, en nombre y representación del Ayuntamiento de Beasain

Tercero.– Comunicar al Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa este Acuerdo, mediante la certificación expedida del mismo.

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.2 de del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, con la indicación de que contra el presente acuerdo que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Gipuzkoa en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación. Con carácter potestativo y previamente a la vía contencioso-administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la fecha de recepción de la presente notificación.

Todo ello, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 y concordantes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, y sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.

Beasain, a 8 de noviembre de 2022.

La Alcaldesa,

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