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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 184, miércoles 15 de septiembre de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
4740

ORDEN de 2 de septiembre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se señalan fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Markijana en Ayala (Álava)» y por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Basaurbe en Llodio (Álava)»

La Directora General de Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente aprobó técnicamente, con fecha 11 de mayo de 2018, el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Markijana en Ayala (Álava)» y por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Basaurbe en Llodio (Álava)».

Mediante Orden de 22 de abril de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, se inició el expediente expropiatorio para la ocupación de los bienes y derechos afectados por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Markijana en Ayala (Álava)» y por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Basaurbe en Llodio (Álava). A través de esa misma Orden se sometía al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, publicándose en el BOPV núm. 92 y en el BOTHA núm. 51 de 12 de mayo de 2021.

Durante el periodo de información pública se han presentado alegaciones que han sido debidamente informadas.

Tras el período de información pública, mediante Decreto 174/2021, de 6 de julio, del Consejero Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, se declara de urgencia la ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Markijana en Ayala (Álava)» y por el «Anteproyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Basaurbe en Llodio (Álava)».

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 52 de la LEF, por medio de la presente se convoca a los titulares de los bienes y derechos que figuran en la adjunta relación, para que en el día y hora señalado, y previa personación en el Ayuntamiento que corresponda, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados, y si procede, a la ocupación formal de los terrenos, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno en caso necesario, a solicitud de las personas interesadas.

A dicho acto deberán asistir las personas afectadas personalmente o bien representadas por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, (escrituras públicas, privadas, certificaciones o notas informativas del Registro de la Propiedad, etc.), así como cualquier otro documento acreditativo de sus derechos, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de sus peritos y un notario.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, las personas interesadas y quienes sean titulares de derechos reales o económicos que se hayan podido omitir en la relación antes expuesta, podrán formular por escrito en la Dirección de Vivienda, Suelo y Arquitectura del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, sita en C/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz, Alava, hasta el día señalado para el levantamiento de las Actas Previas, cuantas alegaciones estimen oportunas, y a los solos efectos de subsanar los posibles errores en que se haya podido incidir al relacionar los bienes y derechos que se afectan.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de septiembre de 2021.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

(Véase el .PDF)

Análisis documental