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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 146, viernes 23 de julio de 2021


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4163

ORDEN de 21 de junio de 2021, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Bancaria Kutxa- Kutxa Banku Fundazioa.

En fecha 11 de marzo de 2021 ha tenido entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, la Escritura Pública de modificación de Estatutos otorgada el 10 de marzo de 2021 por la fundación denominada Fundación Bancaria Kutxa- Kutxa Banku Fundazioa, ante la Notario de San Sebastián, doña Guadalupe María Inmaculada Adanez García (375 de su protocolo).

En la referenciada Escritura Pública se incorpora certificado expedido el día 8 de marzo de 2021 por doña Natalia Garcia de Albizu Garate, Secretaria del Patronato de la Fundación con el visto bueno del Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 25 de febrero de 2021, en la que se adoptaron por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 4, 6, 7, 8, 16, 18, 19, 20, 22, 25, 26, 27, 28, 30, 39, 40, 42, 43, 46 y 49 de los estatutos. Los cuales se modifican, se eliminan, se reubican sistemáticamente o se renumeran en los términos literales.

Con carácter general, la presente modificación estatutaria recoge algunas carencias puestas de manifiesto en la situación extraordinaria ocasionada por la irrupción del COVID.19 (como la posibilidad de asistir de forma telemática a los Patronatos); clarifica y acerca su redacción a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco e insiste en el uso del género gramatical femenino y masculino.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos, 1, 2, 4, 6, 7, 8, 16, 18, 19, 20, 22, 25, 26, 27, 28, 30, 39, 40, 42, 43, 46 y 49 de los estatutos de la fundación denominada Fundación Bancaria Kutxa- Kutxa Banku Fundazioa acordada por el Patronato de la Fundacion el 25 de febrero de 2021, con la fecha de la presente Orden y en los términos previstos en la Escritura Pública otorgada el 10 de marzo de 2021, ante la Notario de San Sebastián, doña Guadalupe María Inmaculada Adanez García (375 de su protocolo).

Segundo.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria–Gasteiz, a 21 de junio de 2021.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental