Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, lunes 25 de mayo de 2020


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
2040

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2020, del Director de HABE, de acreditación de los niveles establecidos en el Currículo Básico de Euskaldunización de Personas Adultas, por la que se modifica la Resolución de 13 de mayo de 2020 de esta Dirección General.

Por Resolución de 13 de mayo de 2020, del Director de HABE, se procedió a la reanudación de los procedimientos de acreditación de los niveles establecidos en el Currículo Básico de Euskaldunización de Personas Adultas, convocados mediante Resoluciones de esta Dirección General de 13 de noviembre y 18 de noviembre de 2019, y de 27 de febrero de 2020 y pospuestos mediante Resolución de 16 de marzo, así como a la apertura del período de matriculación (BOPV de 15 de mayo de 2020, n.º 91).

Mediante dicha resolución se reanudó la convocatoria dirigida, entre otros, al alumnado de los Centros Vascos, para lo cual, el artículo cuarto de dicha Resolución dispone lo siguiente: «El conjunto de actividades de acreditación del alumnado de los Centros Vascos se desarrollará de forma telemática».

Dado que las pruebas de esta convocatoria debieran realizarse en las ciudades de Barcelona y Madrid entre los días 12 y 18 de junio de 2020, considerando la situación sanitaria que en la actualidad atraviesan dichas ciudades, y atendiendo a las disposiciones establecidas por las autoridades sanitarias y de prevención de estas Comunidades Autónomas, y que asimismo existen dificultades manifiestas para cumplir con los mínimos necesarios para este tipo de convocatorias,

RESUELVO:

Primero.– Posponer la realización de las pruebas de la presente convocatoria hasta que se restablezca la situación sanitaria.

Segundo.– Comunicar al alumnado matriculado en esta convocatoria, en el momento en que la situación sanitaria lo permita, un nuevo calendario, con la suficiente antelación y de forma personalizada.

Tercero.– Dar a conocer cómo y bajo qué modalidad se va a gestionar dicha convocatoria, en función de las condiciones que la situación sanitaria experimente en ese momento.

Cuarto.– Otorgar validez a todas las actividades realizadas en los procesos llevados a cabo hasta la fecha por el alumnado matriculado en esta convocatoria.

Quinto.– Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En San Sebastián, a 21 de mayo de 2020.

El Director de HABE,

JOKIN AZKUE ARRASTOA.


Análisis documental