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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, lunes 25 de mayo de 2020


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
2038

RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2020, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a la cooperación previstas en el Decreto 43/2017, de 14 de febrero, correspondiente al ejercicio 2019.

A la vista de las solicitudes presentadas dentro del plazo reglamentariamente establecido para acogerse a las ayudas a la cooperación previstas en la Orden de 24 de julio de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, para el ejercicio 2019.

Considerando que la Comisión de Valoración ha emitido una propuesta para cuya elaboración ha tenido en cuenta los criterios objetivos de valoración y selección establecidos en los artículos 25, 32, 39, 46, 53, 60 y 67 de la Orden de 24 de julio de 2019.

Por cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero.– Conceder a los solicitantes que se relacionan en los Anexos I (1) y II (2) de la presente Resolución ayudas a la cooperación según lo recogido en la Orden de 24 de julio de 2019. Se especifican el importe de la inversión o gasto subvencionable y la cantidad subvencionada como ayuda directa con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi (427.215,76 euros) y con cargo a FEADER (993.710,83 euros). La parte de la ayuda cofinanciada con cargo a FEADER se materializará conforme lo dispone el Decreto 194/2006, de 3 de octubre, por el que se constituye el Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Las ayudas correspondientes a proyectos forestales o proyectos no agrarios de desarrollo en zonas rurales figuran en el Anexo IV (4) y tienen el carácter de minimis al amparo del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DOUE n.º 3525, de 24 de diciembre de 2013).

Segundo.– El pago de las ayudas se realizará según lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden de 24 de julio de 2019.

Tercero.– Denegar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo III de la presente Resolución (3) las ayudas a la realización de gastos e inversiones en los proyectos de cooperación recogidas en la Orden de 24 de julio de 2019.

Cuarto.– El plazo de ejecución de las actuaciones previstas en cada uno de los proyectos finalizará el 31 de diciembre de 2020.

Quinto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2020.

El Director de Calidad e Industrias Alimentarias,

PELI MANTEROLA ARTETA.

ANEXO I
SUBVENCIONES CONCEDIDAS CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA C.A. DE EUSKADI
(Véase el .PDF)
ANEXO II
SUBVENCIONES CONCEDIDAS CON CARGO AL FONDO COMUNITARIO FEADER
(Véase el .PDF)
ANEXO III
SOLICITUDES DENEGADAS
(Véase el .PDF)
ANEXO IV
PROYECTOS ACOGIDOS A MINIMIS, REGLAMENTO (UE) Nº 1407/2013 DE LA COMISIÓN, DE 18 DE DICIEMBRE DE 2013
(Véase el .PDF)

Análisis documental