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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 11, viernes 17 de enero de 2014


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE BILBAO
206

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 951/13 seguido sobre acción declarativa de dominio por prescripción adquisitiva.

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bilbao.

Juicio: pro. ordinario L2 951/13.

Parte demandante: Jesus Maria Varela Elias.

Parte demandada: herencia yacente de Juan Varela Dominguez y Sofia Gabiña Urgoiti.

Sobre: acción declarativa de dominio por prescripción adquisitiva.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a Herederos Desconocidos o Herencia Yacente de Juan Varela Dominguez y Sofia Gabiña Urgoiti y cualquier tercero que pueda alegar o tener interés legítimo o derechos sobre la vivienda sita en Bilbao, Calle Ribera de Deusto, n.º 67-4.º izda., parte demandada, la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Autoridad que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bilbao.

Asunto en el que se acuerda: el arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Herederos Desconocidos o Herencia Yacente de Juan Varela Dominguez y Sofia Gabiña Urgoiti , y cualquier tercero que pueda alegar o tener interes legitimo o derechos sobre la vivienda sita en Bilbao, Calle Ribera de Deusto, n.º 67, 4.º, izda., en concepto de parte demandada.

Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada.

Tribunal ante el que debe comparecer: ante este Juzgado.

Plazo para comparecer: veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.– Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil –LECn–).

2.– La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn). Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.

3.– Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).

4.– Por último, se le informa de que las partes pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación.

En Bilbao (Bizkaia), a 7 de noviembre de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento.

En Bilbao (Bizkaia), a 7 de noviembre de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental