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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, lunes 16 de abril de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 DE BILBAO
1713

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 420/11.

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia)
Juicio: proc. ordinario 420/11.
Demandante: Frio Bilbao, S.A.
Abogado: Gallo Sedano Fabiola.
Procurador: Maria Alvarez de Amezaga.
Demandado: Ihintza Basterrechea Urquiri y Itobaro, S.L.
Sobre: ord. resp. adminst.

En el referido juicio se ha dictado, 16-12-2011, sentencia fallo es la siguiente:

FALLO

1.– Estimar íntegramente la demanda formulada por la entidad Frío Bilbao, S.A, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Álvarez de Amezaga; frente a la entidad Itobaro, S.L. y frente a Ihintza Basterrechea Urquiri, declaradas en situación procesal de rebeldía.

2.– Condenar a la entidad Itobaro, S.L. e Ihintza Basterrechea Urquiri, a que abonen solidariamente a la parte actora la cantidad global de siete mil ochocientos setenta y cinco euros con cincuenta y un (7.875,51).

3.– Condenar a la entidad Itobaro, S.L. e Ihintza Basterrechea Urquiri a que satisfagan el interés legal desde la interpelación judicial. Además, se devengará el interés moratorio de la suma adeudada global incrementada en dos puntos desde la fecha de esta resolución si deviniera firme, como intereses procesales regulados en el artículo 576 LEC.

4.– Se imponen las costas a la parte demandada.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días. Expídase testimonio de ella, para su unión a los autos, y archívese el original en el legajo correspondiente.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados D.ª Ihintza Basterrechea Urquiri y Itobaro S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 18 de enero de 2012.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental