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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, lunes 16 de abril de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
1704

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2012, del Director de Puertos y Aeropuertos, por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de autorización administrativa para la ocupación de superficie de dominio público portuario con la instalación de quioscos de venta en los puertos de Gipuzkoa.

En virtud del Decreto 328/2010, de 30 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes (Decreto 607/2009, de 24 de noviembre),

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto del presente concurso público el otorgamiento de autorización administrativa para la ocupación de superficie portuaria con la instalación de quioscos de venta en los puertos de Gipuzkoa, durante el año 2012.

Artículo 2.– Requisitos.

Podrán participar en el concurso las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria y no se hallen comprendidas en algunas de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60.1 del RDL 3/2011.

Artículo 3.– Obtención de documentación e información:

Dirección que tramita el expediente: Dirección de Puertos y Aeropuertos.

C/ Donostia-San Sebastián, 1. Lakua 1-7.ª planta; 01010 (Vitoria-Gasteiz).

Teléfonos: 945 01 97 16/17.

Telefax: 945 01 97 86.

Artículo 4.– Solicitudes y plazo.

1.– El impreso normalizado de solicitud de autorización administrativa estará disponible en la sede electrónica del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes http: //www.garraioak.ejgv.euskadi.net, en la página Puertos y Aeropuertos, apartado Autorizaciones-Concesiones.

2.– Las solicitudes y la documentación se presentarán en la Dirección de Puertos y Aeropuertos del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.– En el exterior del sobre deberá figurar la denominación «Concurso para el otorgamiento de autorización administrativa de instalación de quioscos, durante el año 2012, en los puertos de Gipuzkoa».

4.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará en el plazo de 20 días naturales.

Artículo 5.– Documentación a presentar.

La solicitud, en el que conste domicilio de contacto y teléfono, se acompañará con la siguiente documentación:

1.– Tratándose de una persona física, fotocopia del DNI de la persona interesada o tratándose de representante, poder notarial y DNI de la persona que lo represente.

2.– Tratándose de una persona jurídica, escritura de constitución y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable.

3.– Acreditación de solvencia económica, técnica y profesional para hacer frente a las obligaciones resultantes de la autorización.

La acreditación de la solvencia económica y financiera se acreditará mediante declaraciones de instituciones financieras.

La acreditación de la solvencia técnica y profesional se realizará mediante la descripción del equipo técnico participante en el contrato.

4.– Memoria en la que se describa detalladamente la actividad que se pretende realizar, con expresa mención de: objetivos e intereses; contenido de la acción y actividad; recursos (recursos humanos y materiales); cronograma y responsables.

5.– Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar (artículo 60.1 del RDL 3/2011).

6.– Presupuesto detallado de ingresos y gastos.

7.– Certificado positivo de que el solicitante se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

8.– Plan de explotación del servicio. En el mismo se deberán incluir todos los aspectos relevantes relativos a la gestión del servicio, tales como número de empleados, horarios de los mismos y horarios de apertura, mejoras a incluir por el solicitante, instalaciones que se aportarán, frecuencia de limpieza, etc.

La Dirección de Puertos y Aeropuertos podrá solicitar otro tipo de documentación complementaria dependiendo de la actividad que se vaya a realizar.

Cuando la solicitud o la documentación preceptiva que la acompaña adolezca de algún error o sea incompleta, se otorgará a las personas interesadas un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento efectuado por la Dirección de Puertos y Aeropuertos para subsanar los defectos detectados. Transcurrido el plazo concedido sin que éstos hayan sido subsanados, se tendrá por excluida la solicitud.

Artículo 6.– Resolución de otorgamiento de la autorización.

El Director de puertos y Aeropuertos será el órgano competente para resolver el otorgamiento de la autorización administrativa.

Las solicitudes serán analizadas por personal técnico de la Dirección de Puertos y Aeropuertos, que tras su valoración emitirá una propuesta de resolución que será aprobada, en su caso, por el Director de Puertos y Aeropuertos.

El acuerdo será notificado a todas las personas solicitantes.

Artículo 7.– Criterios de valoración de solicitudes.

Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta, los siguientes criterios:

● Interés del proyecto.

● Viabilidad y efecto del proyecto.

● Metodología y proceso de trabajo.

● Presupuesto de ingresos y gastos.

● Estrategia de optimización de recursos.

● Proyectos que se desarrollen desde una perspectiva innovadora.

● Proyectos que impliquen a colectivos desfavorecidos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2012.

El Director de Puertos y Aeropuertos,

FÉLIX JOAQUÍN ASENSIO ROBLES.


Análisis documental