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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, viernes 1 de abril de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Cultura
1902

ANUNCIO por el que se notifica a la entidad Diselan, S.L. la Resolución de 31 de enero de 2011, de la Viceconsejera de Política Lingüística, por la que se anula la subvención adjudicada a Diselan, S.L.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación personal de la referida Resolución a Diselan, S.L. (Bilbao), se procede a su publicación, transcribiéndose íntegramente su contenido:

«RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2011, de la Viceconsejera de Política Lingüística, por la que se anula la subvención adjudicada a la entidad Diselan, S.L.

ANTECEDENTES

1.- En la Orden de 3 de junio de 2010, de la Consejera de Cultura, se regula la concesión de subvenciones para el año 2010 para los programas gestionados por la Viceconsejería de Política Lingüística (BOPV, viernes 4 de junio de 2010, n.º 105).

2.- Con el fin de resolver la Orden mencionada, la Viceconsejera de Política Lingüística dictó Resolución el 26 de noviembre de 2010.

3.- Mediante dicha Resolución se adjudicaron 17.952,83 euros al proyecto presentado por la entidad Diselan, S.L. (IKT-2010A00/0102). Esta entidad, en cambio, no ha comunicado la aceptación de esta subvención tras la publicación de la Resolución.

4.- El artículo 11 de la orden de 3 de junio de 2010 de la Consejera de Cultura establece lo siguiente: «La entidad beneficiaria de la subvención estará obligada a aceptarla. En este sentido, en el plazo de quince (15) días hábiles tras la fecha de recepción de la notificación de concesión de la subvención enviada por la Dirección correspondiente, deberá comunicar su aceptación por escrito a dicha Dirección, cumplimentando a tal efecto el impreso de aceptación correspondiente a la modalidad de ayuda. De lo contrario, si no presenta el impreso de aceptación dentro de ese plazo, se entenderá que la entidad beneficiaria renuncia a la subvención».

Por consiguiente

RESUELVO:

Primero.- Aceptar la renuncia a la subvención de la entidad Diselan, S.L.

Segundo.- Anular la subvención adjudicada a la entidad Diselan, S.L.

Tercero.- Comunicar a la entidad interesada, la presente Resolución e informar de que esta Resolución no agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Cultura del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de enero de 2011.

La Viceconsejera de Política Lingüística,

MARÍA LOURDES AUZMENDI AIERBE».

Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, a los efectos previstos en el artículo 59.4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2011.

El Director de Coordinación,

IVÁN IGARTUA UGARTE.


Análisis documental