
N.º 64, viernes 1 de abril de 2011
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Barakaldo
1888
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 183/10 seguido sobre separación contenciosa.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo resultan del tenor literal siguiente:
AUTO
Juez que lo dicta: D.ª Maria Jesus Gomez Soria.
Lugar: Barakaldo (Bizkaia).
Fecha: veintidós de diciembre de dos mil diez.
PARTE DISPOSITIVA
Se rectifica el error padecido en la redacción de la sentencia n.º 394/10, de 24 de junio de 2010 en el sentido de que en el fallo donde dice «en nombre y representación de D. Modesto Muñoz García contra D.ª Maria Nidia Correa Ramirez», debe decir «en nombre y representación de D.ª Maria Angeles Diez de la Arena contra D. Jose Perez Espadas».
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos principales.
Modo impugnación: contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada (artículo 267.7 LOPJ).
Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y, en todo caso, comienzan a computarse desde el día siguiente a la notificación de este auto (artículo 267.8 LOPJ).
Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Jose Perez Espada, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Barakaldo (Bizkaia), a 1 de marzo de 2011.
EL/LA SECRETARIO.